Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2017 (12/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 12 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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descritos en los literales b) y c) del artículo 27° de la Ley de Contrataciones del Estado, en cuyos casos se requiere previamente una nueva aprobación. i) Resolver solicitudes de ampliación de plazo contractual provenientes de los procedimientos de selección de Licitaciones Públicas, Concursos Públicos Adjudicación Simplificada, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Subasta Inversa Electrónica, así como los que se deriven de ellos en caso de declaratoria de desierto; incluyendo los resultantes de las Contrataciones Directas, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. j) Otorgar a los contratistas la respectiva constancia de prestación de los contratos derivados de los procedimientos de selección constituidos en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado vigente. k) Aprobar la estandarización de bienes y servicios, en concordancia con lo estipulado en la normativa de contrataciones vigente. l) Autorizar la participación y contratación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección. m) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción, así como gestionar las publicaciones, pedidos de información, consultas y demás actos vinculados a los procedimientos de selección, que resulte necesario realizarse o formularse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, la Contraloría General de la República u otras entidades públicas o terceros particulares. n) Aprobar la contratación de bienes y servicios, según los requerimientos de las unidades orgánicas de DEVIDA, de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, verificando la observancia de todos los principios contenidos en la normativa de contrataciones y probidad de la función pública vigentes. o) Suscribir y resolver los contratos de prestaciones de ejecución periódica, derivados de los requerimientos de las unidades orgánicas de DEVIDA, respecto de los supuestos excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 2.2 En materia de Recursos Humanos: Suscribir las adendas y comunicación de vencimiento de plazo de los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo N° 1057. 2.3 En materia de Gestión Administrativa: a) Efectuar el reconocimiento de deudas y disponer el pago de créditos devengados de ejercicios anteriores; emitiendo, para ello, las correspondientes Resoluciones, conforme a la normatividad de la materia; y, disponiendo el inicio del deslinde de responsabilidades a que hubiere lugar, de ser el caso. b) Suscribir y resolver contratos de locación de servicios para la contratación de personas naturales para la prestación de servicios de carácter determinado y temporal. Artículo 3°.- DELEGAR en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, las siguientes facultades: 3.1 En materia Presupuestaria: Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, a propuesta de la Unidad de Presupuesto, de acuerdo con el artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, durante el Ejercicio Presupuestario 2017, en caso de ausencia del/la Secretario/a General, por periodos menores a siete (7) días. Artículo 4°.- DELEGAR en el/la Director/a de Articulación Territorial de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, las siguientes facultades:

4.1 En materia de Recursos Humanos: Autorizar y resolver acciones de personal, respecto al encargo de funciones, designación temporal de función o puesto, de los servidores de la Oficinas Zonales adscritos al régimen laboral de los Decretos Legislativos N° 728 y N° 1057 o Ley N° 30057, en los casos de ausencia del/la titular del cargo, por periodos menores de siete (7) días calendario consecutivos cada vez. Artículo 5°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como en la página Web de la Entidad. Artículo 6°.- DISPONER que las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia desde la fecha de emisión hasta el 31 de diciembre del año 2017, salvo las delegaciones en materia presupuestal que tendrán vigencia hasta la finalización del Ejercicio Presupuestario del Año Fiscal 2017. Artículo 7°.- PRECISAR que los actos emitidos al amparo de las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 001-2016-DV-PE y N° 005-2016-DV-PE, durante su periodo de vigencia, en lo que resulte aplicable mantienen sus efectos. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. CARMEN MASÍAS CLAUX Presidenta Ejecutiva 1472750-2

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Dan por concluidas designaciones, aceptan renuncias, designan y encargan funciones en diversos órganos desconcentrados del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-2017/IGSS Lima, 10 de enero de 2017 VISTO: El expediente N° 16-047944-001 que contiene el Oficio N° 2145-2016-DG/INSN-SAN BORJA/IGSS; el expediente N° 16-048087-001 que contiene el Oficio N° 3182/2016-DE-HSJL; el expediente N° 16-048236001 que contiene el Oficio N° 2482-DG-INR-2016; el expediente N° 17-000046-001 que contiene el Oficio N° 03-2017-DG-HNAL; el expediente N° 17-000185-001 que contiene el Oficio N° 0003-2017-DE-DRS-LEM-IGSS y el expediente N° 16-048293-001 que contiene el Oficio N° 4724-2016-DG/HCH; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30526 publicada el 16 de diciembre de 2016, se desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud creado por el Decreto Legislativo N° 1167 como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 974-2016/MINSA publicada el 17 de diciembre de 2016, dispone el inicio del proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud en el marco de lo establecido en la Ley N° 30526, conformando la Comisión de Transferencia; Que, por otro lado, los artículos 3 y 4 de la citada resolución ministerial, disponen la continuidad de la prestación de los servicios de salud, así como la continuidad de los sistemas administrativos a cargo de los órganos y unidades ejecutoras del Instituto de Gestión de

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