Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2017 (12/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 12 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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28. Decide que, hasta el 15 de noviembre de 2017 y sin perjuicio de los programas de asistencia humanitaria que se ejecuten en otros lugares, las medidas impuestas en virtud del párrafo 3 de la resolución 1844 (2008) no se aplicarán al pago de fondos ni a otros activos financieros o recursos económicos que se requieran para asegurar el suministro oportuno de la asistencia humanitaria que se necesite con urgencia en Somalia por parte de las Naciones Unidas, sus organismos especializados o sus programas, las organizaciones humanitarias reconocidas como observadoras ante la Asamblea General de las Naciones Unidas que proporcionan asistencia humanitaria, y sus asociados en la ejecución, incluidas las organizaciones no gubernamentales financiadas bilateral o multilateralmente que participen en el Plan de Respuesta Humanitaria de las Naciones Unidas para Somalia; ... Eritrea ... 31. Insta al Gobierno de Eritrea a que facilite una visita al país del Grupo de Supervisión para Somalia y Eritrea, y posteriormente apoye las visitas periódicas del Grupo de Supervisión a Eritrea; ... Somalia 35. Recuerda la resolución 1844 (2008), que impuso sanciones selectivas, y las resoluciones 2002 (2011) y 2093 (2013), que ampliaron los criterios de inclusión en la lista, y observa que uno de los criterios de inclusión en la lista previstos en la resolución 1844 (2008) es la comisión de actos que constituyan una amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Somalia; 36. Reitera que está dispuesto a adoptar medidas selectivas contra personas y entidades sobre la base de los criterios antes mencionados; 37. Reitera la solicitud que formuló a los Estados Miembros de que prestaran asistencia al Grupo de Supervisión para Somalia y Eritrea en sus investigaciones, reitera que obstruir las investigaciones o los trabajos del Grupo de Supervisión es uno de los criterios de inclusión en la lista con arreglo al párrafo 15 e) de la resolución 1907 (2009), y solicita al Gobierno Federal de Somalia, las autoridades regionales y la AMISOM que compartan información con el Grupo de Supervisión sobre las actividades de Al-Shabaab; 38. Decide prorrogar hasta el 15 de diciembre de 2017 el mandato del Grupo de Supervisión para Somalia y Eritrea, establecido en el párrafo 13 de su resolución 2060 (2012) y actualizado en el párrafo 41 de la resolución 2093 (2013), y expresa su intención de examinar el mandato y adoptar las medidas apropiadas sobre otra posible prórroga a más tardar el 15 de noviembre de 2017; ... 43. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 1472267-2

Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP-PS), fue ratificada por el Presidente de la República a través del Decreto Supremo N.° 0712015-RE, de 17 de diciembre de 2015, y aprobada por el Congreso de la República mediante la Resolución Legislativa N.° 30386 de 15 de diciembre de 2015, por ser este instrumento jurídico internacional conveniente a los intereses de nuestra nación; Que, en virtud a las precitadas normas, a partir de enero del 2016 el Perú accedió al status de Miembro Pleno de la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur; Que, la OROP-PS es el organismo internacional responsable de articular la cooperación entre los Estados, a fin de asegurar la conservación y ordenamiento de los recursos pesqueros con criterios de sostenibilidad, precautorios y ecosistémicos; Que, la Comisión de la OROP-PS, es la máxima instancia de participación de las Partes Contratantes de la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur", a través de la cual se adoptan las medidas de conservación y ordenamiento para alcanzar los objetivos de la Convención, determinando la naturaleza y grado de participación en la captura de los recursos pesqueros; Que, la Secretaría Ejecutiva de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur (OROP-PS), ha convocado a la Quinta Reunión de la Comisión de dicho organismo internacional, a realizarse en la ciudad de Adelaida, Australia, del 18 al 22 de enero de 2017; Que, en consideración de la importante temática a desarrollarse en esta sesión, se estima necesaria la participación de funcionarios del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, del Instituto del Mar del Perú, de la Sociedad Nacional de Pesquería, así como de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de dar debido seguimiento al tema a tratar; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 4681, del Despacho Viceministerial, de 27 de diciembre de 2016; y la Memoranda (DSL) N.° DSL0616/2016, de la Dirección General de Soberanía Límites y Asuntos Antárticos, de 5 de diciembre de 2016; y (OPP) N.° OPP0021/2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 4 de enero de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Jesús Raúl Ponce Bravo, Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Adelaida, Australia, para participar del 18 al 22 de enero de 2017, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 15 al 23 de enero de 2017. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Autorizan viaje de funcionario diplomático a Australia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0025/RE-2017 Lima, 10 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, la "Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur", tratado constitutivo de la

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