Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2017 (19/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 19 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designaciones y designan Ejecutores Coactivos en la Intendencia Lima y en la Intendencia Regional La Libertad
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA OPERATIVA Nº 003-2017-SUNAT/600000 Lima, 17 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 172-2003/SUNAT, 112-2005/SUNAT y 069-2012/ SUNAT se designó a los señores abogados Marianela Elsa Alarcón Mota, Raúl Tomás Valdivia Garibotto y Judith Ruth Valverde Cribillero, como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima, las mismas que se han estimado conveniente dejar sin efecto; Que con las Resoluciones de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa Nºs. 020-2015-SUNAT/600000 y 016-2016-SUNAT/600000 se designó a los señores abogados Julio César Rodriguez Cuadros y José Daniel García Gamboa, como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima y la Intendencia Regional La Libertad, respectivamente, las mismas que se han estimado conveniente dejar sin efecto; Que de otro lado, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece los requisitos que deberán cumplir los trabajadores de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fin de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Lima, resulta necesario efectuar la designación del Ejecutor Coactivo que se encargue de la gestión de la cobranza coactiva en la citada Intendencia; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; En uso de la facultad conferida por el inciso l) del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como Ejecutores Coactivos encargados de la gestión de cobranza coactiva, a los abogados que a continuación se señalan: INTENDENCIA LIMA - MARIANELA ELSA ALARCON MOTA - JULIO CESAR RODRIGUEZ CUADROS - RAUL TOMAS VALDIVIA GARIBOTTO - JUDITH RUTH VALVERDE CRIBILLERO INTENDENCIA REGIONAL LA LIBERTAD - JOSE DANIEL GARCIA GAMBOA

Artículo 2°.- Designar al señor abogado Acmon Marín Gamarra Avalos como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA SUÁREZ GUTIÉRREZ Superintendenta Nacional Adjunta Operativa 1475113-1

Designan Fedatario Institucionales Titular y Alterno de la Intendencia de Aduana de Puno
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 004-2017-SUNAT/800000 Lima, 17 de enero de 2017 VISTO: El Informe N° 016-2016-SUNAT/3H0000 de la Intendencia de Aduana de Puno, por el cual propone la designación de fedatario institucional titular y alterno en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que de conformidad con el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N.° 001-2016-SUNAT/1M2000, los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizacionales a su cargo; Que en mérito del Informe N.° 016-2016-SUNAT/3H0000 se ha estimado conveniente proceder a designar a los trabajadores Julio César Pineda Montoya y Carlos Pereyra Vera quienes ejercerán la función de fedatario institucional titular y alterno en la citada Intendencia de Aduana; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria­SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como fedatarios institucionales de la Intendencia de Aduana de Puno, a los siguientes servidores: Fedatario Institucional Titular: - JULIO CESAR PINEDA MONTOYA Fedatario Institucional Alterno: - CARLOS PEREYRA VERA Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1475112-1

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