Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


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CODIGO 1396 DESCRIPCION %

NORMAS LEGALES
MEDIDAS BASE COMPLEMENTARIAS NO PECUNIARIAS O PREVISIONALES UIT Clausura temporal por un plazo no mayor a cinco días, en caso de reincidencia se procederá a la clausura por quince días e inicio de procedimiento de revocatoria de Licencia de Funcionamiento.

Viernes 20 de enero de 2017 /

El Peruano

Por permitir dentro 80% del área económica autorizada en su Licencia de Funcionamiento el consumo y/o venta ambulatoria de bebidas y/o alimentos en espacios no acondicionados y/o autorizados para tal fin. (retiros municipales, áreas libres, estacionamientos, zonas de seguridad y similares).

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1475259-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de Villa El Salvador
ORDENANZA Nº 363-MVES Villa El Salvador, 20 de diciembre del 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 46º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: "Las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. (...)", en concordancia con el capítulo II, Título IV de la Ley N°27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece el procedimiento sancionador, sus principios y la potestad sancionadora; Que, el numeral 229.2 del artículo 229º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo, modificado por el Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1029, señala que: "Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo se aplican con carácter supletorio a los procedimientos establecidos en leyes especiales, las que deberán observar necesariamente los principios de la potestad sancionadora administrativa a que se refiere el artículo 230, así como la estructura y garantías previstas para el procedimiento administrativo sancionador. Los procedimientos especiales no podrán imponer condiciones menos favorables a los administrados, que las previstas en este Capítulo."; así también, el artículo 230º de la ley acotada, hace mención a los principios de la potestad sancionadora administrativa, a los cuales, todas las entidades se encuentran adicionalmente regidas por dichos principios especiales;

Que asimismo, el numeral 1 del artículo 234° de la ley antes mencionada, dispone que respecto al ejercicio de la potestad sancionadora se requiere obligatoriamente haber seguido el procedimiento legal o reglamentariamente establecido caracterizado por: "Diferenciar en su estructura entre la autoridad que conduce la fase instructora y la que decide la aplicación de la sanción, cuando la organización de la entidad lo permita."; Que, con Ordenanza Nº 189-MVES, de fecha 02 de junio del 2009, se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RAS y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas-CUIS de la Municipalidad de Villa El Salvador; Que, la ordenanza propuesta, elaborada por la comisión conformada con Resolución de Alcaldía N°7032016-ALC/MVES, tiene como objeto reglamentar la aplicación de Sanciones Administrativas de la Comisión de Infracciones a las normas municipales en el distrito de Villa El Salvador y determinar el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad; Que, a través del Informe N° 492-2016-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, precisa que el artículo 229° de la Ley N°27444 ut supra, modificado mediante Decreto Legislativo N°1029, detalla las infracciones que se encuentran contenidas en el procedimiento sancionador; asimismo, señala que de la revisión del proyecto, se verifica que las competencias asignadas a las Gerencias y Sub Gerencias intervinientes en aquel, son consistentes con las funciones establecidas en la Ordenanza N°339-MVES, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, ROF, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, numeral 8), y el artículo 40° de la Ley N°27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas, RAS, que contiene 2 (dos) Títulos, 9 (nueve) Capítulos, 39 (treintainueve) Artículos, 7 (siete) Disposiciones Finales, Complementarias, Transitorias y Derogatorias y, 4 (cuatro) anexos. Artículo 2°.- APROBAR el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS de la Municipalidad de Villa El Salvador, el mismo que consta de 465 (cuatrocientos sesentaicinco) Códigos de Infracciones. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y DEROGATORIAS Primera: Los procedimientos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, se regirán por la normatividad vigente en la fecha de la infracción hasta su conclusión. Segunda: FÍJESE un plazo de 15 (quince) días a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para que las áreas involucradas se adecúen a la misma. Tercera: APROBAR los anexos I al IV, que contienen los modelos de formato del acta de visita municipal, de decomiso, de destrucción y de retención o internamiento del vehículo, que forman parte de la presente ordenanza. Cuarta: FACÙLTESE al alcalde para que, mediante decretos de alcaldía, establezca las disposiciones técnicas y administrativas que fueran necesarias para la cabal ejecución de la presente ordenanza. Quinta: Supletoriamente, serán de aplicación a la presente ordenanza, las disposiciones contenidas en la Ley N°27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N°27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°26979Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley N°29060 - Ley del Silencio Administrativo, Código Procesal Civil y las Ordenanzas N°310 y N°339-MVES, que aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos, TUPA y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; respectivamente. Sexta: DEROGAR la Ordenanza Nº 189-MVES y el anexo aprobado con Ordenanza Nº 269-MVES; asimismo, deróguense en forma implícita, todas las Disposiciones Legales o Administrativas de igual o inferior rango que

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