Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 20 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Corrupción de Funcionarios, a partir de la fecha y hasta el 30 de junio de 2017, fecha en la que deberá retornar a su Despacho. Artículo Décimo.- Destacar al abogado Marcial Eloy Páucar Chappa, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designado en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sur, al Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a partir de la fecha y hasta el 30 de junio de 2017, fecha en la que deberá retornar a su Despacho. Artículo Décimo Primero.- Poner la presente resolución a conocimiento del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de que disponga la exclusión de una plaza de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Requena, Distrito Fiscal de Loreto, de futuras convocatorias a concursos o las que pudiesen encontrarse en curso. Artículo Décimo Segundo.- Poner la presente resolución a conocimiento del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de que disponga la exclusión de una plaza de Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Ramón Castilla, Distrito Fiscal de Loreto, de futuras convocatorias a concursos o las que pudiesen encontrarse en curso. Artículo Décimo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este, Lima Sur y Loreto, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Este, Lima Sur y Loreto, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1476176-5

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Incorporan el literal y) al artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respecto a las funciones de la Gerencia General
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000012-2017-J/ONPE Lima, 19 de enero del 2017 VISTOS: el Memorando N° 000064-2017-SG/ ONPE de la Secretaría General, el Informe N° 000009 y Memorando N° 000046-2017-GGC/ONPE de la Gerencia de Gestión de la Calidad y el Informe N° 000024-2017GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante el Memorando N° 000064-2017-SG/ONPE la Secretaría General ha propuesto la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobado mediante Resolución Jefatural N° 063-2014J/ONPE y sus modificatorias, a efectos de mantener la continuidad de la gestión de la Entidad, incorporando en las funciones del Gerente General la de asumir el cargo

de Jefe Nacional interinamente, en tanto se designe al nuevo Jefe Nacional; Con los documentos de vistos la Gerencia de Gestión de la Calidad ha remitido el Informe Técnico de sustento de la modificación del ROF de la ONPE, en atención de la propuesta formulada por la Secretaría General, teniendo en consideración que, el ROF de la ONPE no determina al funcionario que asumirá interinamente la titularidad, representación legal y conducción de la entidad, cuando el Consejo Nacional de la Magistratura no haya aún designado al nuevo titular; De acuerdo, con lo dispuesto en el artículo 12° del ROF de la ONPE y la estructura orgánica de la Entidad, la Gerencia General es la máxima autoridad ejecutiva de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y es, también, la encargada de proponer la política general de la institución en materia administrativa; De otro lado, el artículo 5° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE dispone, en su literal g), que es función de la institución dictar las resoluciones y la reglamentación necesaria para su funcionamiento; Así, para un óptimo desempeño institucional es fundamental garantizar la continuidad de la gestión de la ONPE y la representación legal en todos sus actos; por lo que, es pertinente establecer en el ROF de la ONPE el supuesto por el cual el Gerente General debe asumir la Jefatura Nacional interinamente; En ese sentido, atendiendo lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM que aprobó los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública", la Gerencia de Gestión de la Calidad ha identificado una nueva función a incorporar en el ROF, cuyo sustento legal es el expuesto en los considerandos que preceden, la misma que no genera gastos de operación, por cuanto no afecta la estructura vigente; De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 5° y el artículo 13° de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el artículo 73º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como en el literal s) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias; Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y Gestión de la Calidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar el literal y) al artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias, conforme lo siguiente: "Artículo 13°.- Son funciones de la Gerencia General: (...) y) Ejercer interinamente la representación legal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales­ONPE, así como la Jefatura Nacional, hasta cuando el Consejo Nacional de la Magistratura nombre al nuevo titular de la Institución." Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y en el Portal del Estado Peruano de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 29091, así como en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe 1476223-1

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