Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 20 de enero de 2017

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, por Resolución S.B.S. N° 7109-2015 de fecha 24 de noviembre de 2015, se autorizó la inscripción del señor Alvaro Adrián Valencia Muñoz Llerena como Corredor de Seguros Generales; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de octubre de 2016, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Alvaro Adrián Valencia Muñoz Llerena, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Alvaro Adrián Valencia Muñoz Llerena, con matrícula número N-4365, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publiquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1475475-1

Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A., lo siguiente: i) El cierre de su agencia ubicada en Calle Puente Bolognesi N° 126, distrito, provincia y departamento de Arequipa. ii) La apertura de una agencia ubicada en Avenida Jesus N° 2214 Mz. E Lote 1 de la urbanización Leoncio Prado, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1475476-1

Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz la apertura, traslado y conversión de agencia y oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Lima y Piura
RESOLUCIÓN SBS N° 170-2017 Lima, 12 de enero de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz, para que se le autorice lo siguiente: i) La apertura de una agencia ubicada en Av. Jorge Basadre N° 536, Local Comercial N° 2, primer piso, sector 2, torre C-1, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; ii) El traslado de su oficina especial ubicada Calle San Martín N° 453, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; al nuevo local ubicado en Calle Bolívar N° 278-282 y 286, Sub Lote B, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; iii) La conversión de su oficina especial ubicada en Calle Bolívar N° 278-282 y 286, Sub Lote B, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; en agencia; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura, el traslado y la conversión de dichas oficinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N* 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz, lo siguiente: i) La apertura de una agencia ubicada en Av. Jorge Basadre 536, Local Comercial N° 2, primer piso, sector 2, torre C-1. distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. ii) El traslado de su oficina especial ubicada Calle San Martín N° 453, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; al nuevo local ubicado en Calle Bolívar N* 278-282 y 286, Sub Lote B, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura.

Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. el cierre y apertura de agencias ubicadas en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 087-2017 Lima, 6 de enero de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. - CRAC Incasur S.A., para que se le autorice el cambio de ubicación de la Agencia ubicada en Calle Puente Bolognesi N° 126, distrito, provincia y departamento de Arequipa, al local ubicado en Avenida Jesus N° 2214 Mz. E Lote 1 de la urbanización Leoncio Prado, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa; y CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el cierre y apertura de dichas agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009;

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