Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2017 (20/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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Código 2123 Infracción Ejercer actividades de segregación en el distrito sin contar con registro en la Gerencia de Desarrollo Sostenible Multa en % de UIT Vigente 4%

NORMAS LEGALES
Sanción no pecuniaria Decomiso de residuo reaprovechable y de vehículo de transporte.

Viernes 20 de enero de 2017 /

El Peruano

Modifican la Ordenanza N° 031-MDMM, que aprobó Normas Técnicas de carácter edificatorio en el distrito
ORDENANZA Nº 001-2017-MDMM Magdalena del Mar, 6 de enero de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 001-2017 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 986-2016-SGPUOPC-GDUO-MDMM de fecha 30 de diciembre de 2016, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro; el Memorándum Nº 397-2016-GDUO-MDMM de fecha 30 de diciembre de 2016, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras; el Informe Nº 811-2016-GAJMDMM de fecha 30 de diciembre de 2016, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 031-MDMM publicada con fecha 26 de abril del 2014, y modificatoria, se aprobaron normas técnicas de carácter edificatorio aplicables en el distrito; Que, mediante Informe Nº 986-2016-SGPUOPCGDUO-MDMM, la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Obras Privadas y Catastro, informa que teniendo en cuenta que se viene presentando perjuicio en el libre tránsito y daños a la vía pública (berma y jardines) debido al déficit de estacionamientos, y propone se permita el uso de estacionamiento, a fin de evitar mayor perjuicio a los vecinos y/o usuarios que transitan por la misma, sugiriendo la compatibilidad de uso de terrenos en el área de tratamiento normativo II y III, en la zonas Residenciales RDA y RDM, con frente hacia calles y jirones , como playa de estacionamiento, debiendo modificarse el literal f) del numeral 10.2 del Art. 10 e incluirse en el mismo el literal g) de la Ordenanza Nº 031-MDMM; Que, mediante Informe Nº 811-2016-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación de la presente Ordenanza; Que, es objetivo de la actual Administración el cumplimiento de la normatividad urbana vigente aplicable a los procedimientos administrativos aplicables; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1.- ESTABLECER el siguiente criterio en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 031-MDMM, como se indica a continuación: "Art. 10º DE LOS ESTACIONAMIENTOS Modificar: 10.2 (...) "f) En el área de tratamiento Normativo III, cuya zonificación corresponda a Residencial de Densidad Baja (RDB), Residencial de Densidad Media (RDM) y Residencial de Densidad Alta (RDA), se permitirá la

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Sostenible, Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas pertinentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Comunicaciones su difusión y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en la página web de la Municipalidad: www. munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1475284-1

Derogan la Ordenanza N° 032-2016-MDMM
ORDENANZA N° 054-MDMM Magdalena del Mar, 21 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 32 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo IV establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, pasó a la orden del día la solicitud de derogatoria de la Ordenanza Nº 032-2016-MDMM; Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 032-2016-MDMM. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1475260-1

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