Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2017 (27/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de enero de 2017 /

El Peruano

Informes Nº 005-2017-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM y N° 452-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM, Informe Nº 1547-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ; y, el Informe N° 067-2017-MINEDU-SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80 de la citada Ley, establece que es función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, a través del literal a) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2017, se autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2017, a financiar el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2017, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales escolares, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor, hasta por la suma de S/ 369 701 121,00 (trescientos sesenta y nueve millones setecientos y un mil ciento veintiuno y 00/100 soles), los que consideran hasta la suma de S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Soles) para el financiamiento de los gastos operativos del seguimiento de las actividades previstas en el citado Programa, y hasta S/ 51 500 000,00 (cincuenta y un millones quinientos mil y 00/100 soles) para la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales de uso pedagógico, así como equipamiento menor, para primaria y secundaria; Que, asimismo, el referido artículo establece que los montos para los fines señalados serán desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación, a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones. Asimismo, se establece que el Ministerio de Educación aprobará, mediante resolución ministerial, las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el referido artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas y de devolución ante la no utilización de los recursos y así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en el numeral 28.1 del presente artículo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 593-2014-MINEDU, se aprobó la "Norma Técnica que regula la ejecución del Programa Anual de Mantenimiento de Locales Escolares", en adelante Norma General, con la finalidad de establecer las normas, procedimientos generales, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa en las instituciones educativas públicas a nivel nacional; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 071-2017-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2017", en adelante Norma Técnica Específica, que establece etapas, procedimientos, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; entre los cuales se encuentran los criterios de selección de locales escolares y de asignación de recursos económicos para la ejecución del mantenimiento de la infraestructura de locales escolares, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, así como materiales para uso pedagógico y equipamiento menor; Que, mediante Oficios N° 0021-2017-MINEDU/ VMGI-PRONIED y N° 8687-2016-MINEDU/VMGIPRONIED, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, remite los Informe Nº 005-2017-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM y Nº 452-2016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y el Informe N°

1547-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, a través de los cuales se solicita la aprobación del "Listado de Locales Escolares que forman parte de la ejecución del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2017", a fin de materializar la asignación de recursos a favor de 52,248 locales escolares; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2017" bajo el alcance de la Norma Técnica Específica, que serán beneficiados con la entrega de recursos conforme a la distribución de montos asignados a cada local escolar en el marco de la ejecución del referido Programa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2017", el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1478678-5

Incorporan instituciones educativas públicas de educación primaria en las que se implementará el Currículo Nacional de Educación Básica, al Anexo 4 de la R.M. N° 649-2016-MINEDU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2017-MINEDU Lima, 26 de enero de 2017 Vistos, el Expediente N° 0000926-2017, el Informe N° 01-2017-MINEDU/VMGP/DIGEBR, el Informe N° 29-2017-MINEDU/SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 281-2016-MINEDU se aprobó el Currículo Nacional de la Educación Básica, disponiéndose su implementación a partir del 01 de enero de 2017 en todas las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 649-2016-MINEDU, se aprobó el Programa Curricular de Educación Inicial, el Programa Curricular de Educación Primaria y el Programa Curricular de Educación Secundaria, según Anexos 1, 2 y 3; Que, asimismo, la referida resolución dispuso que la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica a la que se refiere el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU, se realizará a partir del 01 de enero del año 2017 en las instituciones educativas públicas de educación primaria polidocentes completas y en las instituciones educativas privadas de educación

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