Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2017 (27/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de enero de 2017 /

El Peruano

de Planeamiento y Presupuesto, de 18 de enero de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero Gonzalo Bonifaz Tweddle, Jefe de la Oficina de Derecho Internacional Público, de la Oficina General de Asuntos Legales, a la ciudad de Bogotá, República Colombia, para participar del 31 de enero al 2 de febrero de 2017 en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 30 de enero al 3 febrero de 2017. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo clase económica US$ 671,00 Viáticos por día US$ 370,00 N° de días 3+1 Total viáticos US$ 1 480,00

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Salud, así como sus relaciones de articulación y coordinación con otras entidades del Estado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 623-2009/ MINSA de fecha 15 de setiembre de 2016 y su rectificatoria efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 843-2009/ MINSA de fecha 16 de diciembre de 2016, se constituyó el Comité Nacional de Hospitales Seguros Frente a los Desastres; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016/MINSA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el cual establece una nueva estructura organizacional, así como las funciones de los órganos y unidades orgánicas, por lo que resulta pertinente adecuar la composición del Comité Nacional de Hospitales Seguros Frente a los Desastres, constituido y rectificado por las Resoluciones Ministeriales citadas en el considerando precedente. Que, es necesario impulsar como parte de las acciones prioritarias del Ministerio de Salud, la implementación de la Política Nacional de Hospitales Seguros Frente a los Desastres, con la finalidad de garantizar que los establecimientos de salud permanezcan accesibles y en óptimo funcionamiento luego de un evento adverso; Que, estando a la propuesta formulada por la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 623-2009/MINSA; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director General de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Secretario General y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 623-2009/MINSA, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1.- Constituir el Comité Nacional de Hospitales Seguros Frente a los Desastres, el cual estará conformado de la siguiente manera: - Un/a representante de la Alta Dirección, quien lo presidirá; - El/la Director/a de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, quien realizará las funciones de Secretario/a Técnico/a. - El/la Director/a General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento o su representante. - El/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización o su representante. - El/la Director/a de la Dirección General de Prestaciones de Salud o su representante. El Comité Nacional podrá invitar como miembros, a representantes de las organizaciones nacionales que estén realizando actividades orientadas al desarrollo de la seguridad de los establecimientos de salud ante desastres y otros técnicos que considera necesario para el desarrollo de sus funciones. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución

Nombres y Apellidos Gonzalo Bonifaz Tweddle

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1478211-1

SALUD
Modifican R.M. Nº 623-2009/MINSA en lo referente a la conformación del Comité Nacional de Hospitales Seguros Frente a los Desastres
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 043-2017/MINSA Lima, 25 de enero del 2017 Vistos, los Expedientes Nºs. 16-064886-001, 16112537-001 y 16-112537-003 que contienen las Notas Informativas Nºs 318-2016-DG-DIGERD/MINSA y 009-2017-DG-DIGERD/MINSA emitidas por la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud y la Nota Informativa Nº 002-2017-OGPPM-OEE/MINSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y,

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