Norma Legal Oficial del día 04 de febrero del año 2017 (04/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12

NORMAS LEGALES

Sábado 4 de febrero de 2017 /

El Peruano

Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; del Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 006-2016-DE; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al Coronel FAP BRUNO RAFAEL OCIO BOULENAZ, identificado con NSA O-9466582 y DNI Nº 43338653, para ocupar el cargo de Delegado Alterno de la Delegación de Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID), Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica y Miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), ubicada en la ciudad de Washington D.C. ­ Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 15 de febrero de 2017 al 14 de febrero de 2019. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1482294-2

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2017 DE/FAPLima, 31 de enero de 2017 Visto, el SITFAGRAMA R-291300Z NOV-2016 del Oficial de Enlace de la Real Fuerza Aérea Canadiense y la Papeleta de Tramite NC-9-5-SGFA-N° 0337 de fecha 18 de enero de 2017 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), es una organización interamericana de carácter voluntario, conformada por veinte (20) países, que tiene por finalidad, promover y fortalecer los lazos de amistad, así como, lograr el apoyo mutuo entre ellos, mediante la coordinación y cooperación de sus Fuerzas Aéreas, para actuar en forma combinada en cumplimiento a lo dispuesto por su Carta Constitutiva y en aplicación a la política de gobierno, contribuyendo al fortalecimiento de la cooperación, establecimiento de mecanismos de apoyo solidario, participación y confianza entre sus miembros ante diferentes situaciones de emergencia; Que, las reuniones anuales del SICOFAA son eventos planificados el año anterior a su ejecución, que buscan la implementación de mecanismos de cooperación internacional mutua, intercambio de experiencias, medios, entrenamiento e instrucción de personal y todo aquello que facilite la elaboración de procedimientos para actuar en forma integrada, durante situaciones de emergencia para proporcionar ayuda humanitaria a través de los medios aéreos de cada país; Que, mediante el SITFAGRAMA R-291300Z NOV2016, el Oficial de Enlace de la Real Fuerza Aérea Canadiense, invita a los países miembros en función a

los acuerdos adoptados por el SICOFAA para el presente año al "Comité XXIII del SICOFAA", que se realizará en la ciudad de Quebec ­ Canadá del 06 al 10 de febrero de 2017; Que, es conveniente para los intereses nacionales e institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en el "Comité XXIII del SICOFAA", que se realizará en la ciudad de Quebec ­ Canadá del 06 al 10 de febrero de 2017; por cuanto, permitirá intercambiar experiencias en el empleo de los medios aéreos, las mismas que podrían implementarse en la Institución en aspectos operativos y logísticos; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30358 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619­Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el "Comité XXIII del SICOFAA", que se realizará en la ciudad de Quebec ­ Canadá del 06 al 10 de febrero de 2017; así como; su salida del país el 05 de febrero de 2017 y retorno al 11 de febrero de 2017: Coronel FAP NSA: O-9530485 Coronel FAP NSA: O-9579890 MARTIN ALBERTO DAVELOUIS SANCHEZ DNI: 08701826 DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA DNI: 43412386

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Quebec (Canadá)­Lima: US $ 1,737.06 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,474.12 Viáticos US $ 400.00 X 05 días x 02 personas Total a Pagar = US $ 4,400.00 = US $ 7,874.12

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.