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20 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2017 / El Peruano Especial para la Provincia Constitucional del Callao, y dispone que del total de los recursos provenientes de la Renta de Aduanas conforme al artículo 3 de la Ley N° 27613, se asigna el 10% para el Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao, distribuyéndose el saldo restante en un 50% al Gobierno Regional del Callao y el otro 50%, proporcionalmente, entre la municipalidades de la jurisdicción; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución de la Participación en Renta de Aduanas son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, mediante el Ofi cio N° 80-2017-SUNAT/390000 la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT ha informado al Ministerio de Economía y Finanzas la relación de Intendencias de Aduanas y sus Agencias Aduaneras según ubicación geográfi ca; Que, mediante Ofi cio N° 122-2017-INEI/DTDIS el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI ha proporcionado al Ministerio de Economía y Finanzas, información sobre población y extensión territorial; Que, en base a la información proporcionada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT y por el Instituto Nacional de Estadística e Informática –INEI, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha procedido a efectuar los cálculos correspondientes para la determinación de los Índices de Distribución de la Participación en Rentas de Aduanas correspondientes al Año Fiscal 2017; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los Índices de Distribución de la Participación en la Renta de Aduanas a favor de los gobiernos locales benefi ciarios y de la Provincia Constitucional del Callao; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27613, Ley de la Participación en Renta de Aduanas; el artículo 34 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley N° 28411; y el Decreto Supremo N° 117-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los índices de distribución de los recursos que se recauden durante el Año Fiscal 2017 correspondientes al 2% de la Participación en Rentas de Aduanas, conforme a los Anexos N° 1 y N° 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial y sus respectivos Anexos serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas ANEXO 1 INDICES DE DISTRIBUCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN EN RENTA DE ADUANAS PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO AÑO FISCAL 2017 ÍNDICES PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 1.0000000000 DISTRITOS 0.4500000000 CALLAO 0.1164411763 ÍNDICES CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO 0.0397765677 BELLAVISTA 0.0459634670 LA PERLA 0.0432490364 LA PUNTA 0.0383556523 MI PERÚ 0.0437815579 VENTANILLA 0.1224325424 GOBIERNO REGIONAL 0.4500000000 FONDO EDUCATIVO 0.1000000000 ANEXO 2 INDICES DE DISTRIBUCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN EN RENTA DE ADUANAS MUNICIPALIDADES RESTO DEL PAIS AÑO FISCAL 2017 DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRTO INDICES ANCASH SANTA 1.0000000000 CHIMBOTE 0.2854622828 CACERES DEL PERU 0.0736266347 COISHCO 0.0701637726 MACATE 0.0731179653 MORO 0.0712759698 NEPEÑA 0.0812682289 SAMANCO 0.0635837190 SANTA 0.0754497806 NUEVO CHIMBOTE 0.2060516463 AREQUIPA AREQUIPA 1.0000000000 AREQUIPA 0.0381988938 ALTO SELVA ALEGRE 0.0513354527 CAYMA 0.0584602157 CERRO COLORADO 0.0824570807 CHARACATO 0.0221622381 CHIGUATA 0.0232033809 JACOBO HUNTER 0.0370071042 LA JOYA 0.0369576516 MARIANO MELGAR 0.0386600694 MIRAFLORES 0.0367963287 MOLLEBAYA 0.0183072872 PAUCARPATA 0.0678842106 POCSI 0.0192371076 POLOBAYA 0.0224001628 QUEQUEÑA 0.0181650949 SABANDIA 0.0193101549 SACHACA 0.0255243508 SAN JUAN DE SIGUAS 0.0188403026 SAN JUAN DE TARUCANI 0.0415063100 SANTA ISABEL DE SIGUAS 0.0196909781 SANTA RITA DE SIGUAS 0.0234014713 SOCABAYA 0.0508876923 TIABAYA 0.0234810932 UCHUMAYO 0.0247571786