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35 NORMAS LEGALES Jueves 9 de febrero de 2017 El Peruano / de Consejo Directivo N° 134-2012-CD/OSIPTEL y sus modifi catorias. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las partes tienen la facultad de acordar mecanismos de indemnización y/o compensación ante un eventual incumplimiento de cualesquiera de las partes en la ejecución del presente Mandato de Interconexión, tales como el reembolso de gastos, la imposición de penalidades, entre otros. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1482996-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA Delegan en funcionario facultades y atribuciones de índole presupuestal, para el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 002-2017-IIAP-P Iquitos, 3 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 23374, Ley de creación del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP, determina la fi nalidad y funciones del IIAP; Que, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP, es un Pliego Presupuestal (055) de acuerdo con lo establecido en las Leyes Nºs 23641 y 28168; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado por el Consejo Superior del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, mediante acuerdo N° 247/036-2010-IIAP-CS, tomado en su XXXVI sesión ordinaria del 26 de mayo de 2010; establece en su artículo 27° la Presidencia, es titular del Pliego presupuestal y tienen como misión lograr con efi ciencia y efi cacia los objetivos institucionales y sus relaciones con el ámbito externo; Que, según el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11º de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú, precisando en el numeral 7.1 de su artículo 7º que el titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El titular es responsable solidario con el delegado; Que, por Resolución Presidencial N° 105-2016-IIAP-P de fecha 13 de diciembre de 2016 se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos e Ingresos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 055 Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP; Que, en ese contexto, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados, en materia presupuestal, que permitan al Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, cumplir con las funciones previstas tanto en su Ley de creación, organización y funciones, como con la programación de las metas institucionales para el Año Fiscal 2017, es necesario delegar determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Con el visado de la Gerencia Estratégica, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7° del Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; SE RESUELVE Artículo 1°.- Delegación de facultades a la Gerencia Estratégica Delegar en el funcionario a cargo de la Gerencia Estratégica del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana para el Año Fiscal 2017, las siguientes facultades y atribuciones de índole presupuestal, para el Año Fiscal 2017: a) Las que son materia de delegación y que se encuentran señaladas de manera expresa en el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. b) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, por todas la fuentes de fi nanciamiento, tanto de los programas presupuestales como de las actividades y proyectos de inversión pública. Artículo 2º.- De la observancia de los requisitos legales. La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 3º.- De la notifi cación y publicación Notifi car la presente resolución al funcionario en quien ha sido delegada facultades y atribuciones; así como disponer la publicación de la presente Resolución Presidencial en el diario ofi cial El Peruano, y en el Portal de Transparencia del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana: www.iiap.org.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS EXEQUIEL CAMPOS BACA Presidente del IIAP 1483412-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 030-2017/SUNAT Lima, 6 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que mediante correo electrónico de fecha 18 de diciembre de 2016, The International Business Machines (IBM) cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT para participar en The Early Program for IBM Blockchain Framework, que se llevará a cabo en la ciudad de Hursley,