Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2017 (11/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Sábado 11 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES
SECTOR Sede Regional Archivo Regional del Cusco Dirección Regional de Agricultura Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Dirección Regional de Educación Dirección Regional de Energía y Minas Dirección Regional de Producción Dirección Regional de Salud Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo ESABAC Diego Quispe Tito TOTAL N° DE PROCEDIMIENTOS 24 01 112 20 87 36 14 76 42 97 16 525 28 40 01 11

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N° DE SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD

el tiempo transcurrido desde su vigencia, la necesidad de realizar la simplificación administrativa en algunos de los procedimientos, creación de nuevos y anulación de otros, ha generado que se efectúe una revisión del mismo, ameritando la necesidad de poder contar con un actualizado Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco; Que, el Gobierno Regional de Cusco, en su afán de servir mejor a la colectividad y/o usuario en general, tiene por finalidad, reducir y simplificar todos los procedimientos y trámites administrativos que se siguen ante la respectiva entidad, ello a efectos de dar mayor fluidez a los trámites del público usuario, por ello la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial conjuntamente con las Direcciones Regionales Sectoriales han elaborado y/o actualizado el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Gobierno Regional de Cusco, efectuándose la revisión, luego de realizar el inventario de los trámites, conllevando a ordenarlo y clasificarlo con criterio de racionalidad y necesidad, uniformizando los mismos, y evitando duplicidad o cargas innecesarias en la tramitación de sus procedimientos; Que, bajo ese contexto, mediante Informe N° 2952016-GR CUSCO-GRPPAT/SGDI, de fecha 18 de agosto del 2016, complementando con el Informe N° 372-2016GR CUSCO-GRPPAT/SGDI, de fecha 02 de noviembre del 2016, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional de Cusco, remitió el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Gobierno Regional de Cusco, debidamente actualizado, señalando que dicha Sub Gerencia ha venido impulsando la actualización del TUPA, a través de coordinaciones directas con cada Dirección Regional Sectorial, así como a través de documentos cursados para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos de la Ley del Silencio Administrativo y el Decreto Supremo N° 0642010-PCM, que aprueba la metodología para determinar los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA; Que, los Artículos 15°, literal a) y 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley N° 27867, en concordancia con la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, establecen tanto las atribuciones que le corresponde al Consejo Regional, por el cual le compete aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, y en el caso del TUPA lo hacen mediante Ordenanza Regional por el cual se norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, implicando que el presente trámite esté en coordinación con lo que expresamente señala la normativa; Que, estando a lo establecido por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional N° 049-2013-CR/GRC. CUSCO, el Consejo Regional de Cusco: HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el "Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Gobierno Regional de Cusco", como instrumento normativo y de gestión que regula el trámite de los usuarios o administrados a través de los servicios que presta el Gobierno Regional de Cusco, para lo que se precisa el número de procedimientos y servicios que prestan cada una de las dependencias del Gobierno Regional de Cusco, de conformidad al anexo denominado "Texto Único de Procedimientos Administrativos 2016", que consta de 247 folios debidamente selladas por la Comisión Dictaminadora y los formatos de sustentación legal y técnicos de los procedimientos administrativos de cada dependencia conforme al cuadro siguiente:

Artículo Segundo.- ENCARGAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco la implementación y cumplimiento obligatorio de la presente Ordenanza Regional, a través de los mecanismos establecidos por la normatividad de la materia, efectuando el seguimiento y monitoreo del TUPA que se aprueba en el artículo precedente, remitiendo el informe de las acciones desarrolladas al Consejo Regional, cuando ésta sea requerida. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Cusco, la difusión, seguimiento y monitoreo de la implementación en todas las dependencias consideradas en el artículo primero de la presente Ordenanza Regional, exigiendo a cada una de ellas, la publicación del TUPA que les corresponde, en lugares visibles y de fácil acceso de los usuarios. Artículo Cuarto.- DEROGAR en todos sus extremos la Ordenanza Regional N° 086-2010-CR/GRC.CUSCO, que aprobaba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Cusco. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional de la lectura y aprobación del Acta para proceder a su implementación. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el diario de avisos judiciales del Departamento del Cusco y en la página web del Gobierno Regional de Cusco. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco para su promulgación. Dado en la ciudad de Cusco, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. ABEL PAUCARMAYTA TACURI Consejero Delegado Consejo Regional de Cusco POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los 23 días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional 1483986-1

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