Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2017 (16/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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PROYECTO

Jueves 16 de febrero de 2017 /

El Peruano

INSTITUTO NACIONAL DEDEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Proyecto de "Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor"
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 24-2017-INDECOPI/COD Lima, 14 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el inciso l) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso o) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, establecen como funciones del Consejo Directivo del Indecopi, además de las expresamente establecidas en la referida Ley, aquellas otras que le sean encomendadas por normas sectoriales y reglamentarias; Que, el artículo 105 de la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, modificado por el Decreto Legislativo N° 1308, dispone que el Consejo Directivo emite las disposiciones para la gestión más eficiente de los procedimientos a cargo del Indecopi; Que, recientemente se ha emitido el Decreto Legislativo N° 1246 que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa; el Decreto Legislativo N° 1272 que modifica la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo; y el Decreto Legislativo N° 1308 que modifica e incorpora disposiciones a la Ley N° 29751, Código de Protección y Defensa del Consumidor; Que, atendiendo a lo expuesto, el Consejo Directivo considera necesario evaluar la emisión de una Directiva que regule los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, la misma que deberá tener en cuenta las modificaciones legislativas referidas en el párrafo anterior, motivo por el cual resulta importante contar con el aporte de los administrados y de la ciudadanía en su conjunto; Estando a lo dispuesto por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 13 de febrero de 2017; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la publicación del proyecto de "Directiva que regula los procedimientos en materia de protección al consumidor previstos en el Código de Protección y Defensa del Consumidor", en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico del Indecopi http://www.indecopi.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios y aportes de la ciudadanía que podrán ser presentados a través de la mesa de partes de la institución o a través del correo: proyectosnormativos@ indecopi.gob.pe, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo PROYECTO DE DIRECTIVA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR PREVISTOS EN EL CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR Lima, xx de xxxxx de 2017 I. OBJETO 1.1. La presente Directiva tiene por objeto establecer reglas complementarias que permitan la adecuación de los procedimientos administrativos en materia de Protección al Consumidor previstos en la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor teniendo en consideración las modificaciones efectuadas a esta norma por el Decreto Legislativo Nº 1308 publicado con fecha 30 de diciembre de 2016. 1.2. Para los efectos de la presente Directiva todas las menciones al Código se entienden referidas a la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. II. BASE LEGAL 2.1. Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor y sus modificatorias. 2.2. Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias. 2.3. Decreto Legislativo 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organización del INDECOPI. 2.4. Decreto Legislativo 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. 2.5. Decreto Legislativo 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa. 2.6. Decreto Supremo 009-2009-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI. 2.7. Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por Resolución Ministerial 10-93JUS, en cuanto sea compatible con el régimen administrativo. 2.8. Directiva N° xxxx-2017/DIR-COD-INDECOPI, Directiva que regula el procedimiento sumarísimo en materia de protección al consumidor previsto en el Código de Protección y Defensa del Consumidor. III. DEFINICIONES 3.1. Para efectos de la aplicación de los artículos 107A y 108 del Código se entiende por: 3.1.1. Consumidor Final: La definición de consumidores o usuarios prevista en el numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del Código. 3.1.2. Proveedor: La definición de proveedor prevista en el numeral 2 del artículo IV del Título Preliminar del Código. 3.1.3. Relación de Consumo: La definición de relación de consumo prevista en el numeral 5 del artículo IV del Título Preliminar del Código, sin perjuicio de los supuestos contemplados en el artículo III del Título Preliminar del Código. 3.1.4. Acuerdo que de forma indubitable deje constancia de la manifestación de voluntad expresa de las partes de dar por culminada la controversia: Constituye cualquier acuerdo que genere convicción en la autoridad

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