Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2017 (16/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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N° SECTORES Programa de Vivienda Las Flores de 62 Pachacámac I Etapa Programa de Vivienda Las Flores de 63 Pachacámac II Etapa 64 Programa de Vivienda Las Torres Programa de Vivienda Los Ángeles de 65 Pachacámac Programa de Vivienda Los Ángeles de 66 Pachacámac II Etapa Programa de Vivienda Los Jardines de 67 Pachacámac Programa de Vivienda Los Manzanos de 68 Pachacámac Programa de Vivienda Residencial Villa 69 Las Palmas I Etapa Programa de Vivienda Residencial Las 70 Palmas II Etapa 71 Programa de Vivienda San Sebastián Programa de Vivienda San Sebastián 72 II Etapa Programa de Vivienda Villa Tishel de 73 Pachacámac Asociación de Parc. Los Bosques de 74 Pachacámac 75 Proyecto Alto Pradera 76 Quebrada Jazmín Residencial Clara Luisa de Pachacámac 77 ­ PICVUSAC Residencial Clara Luisa de Pachacámac 78 II Etapa 79 Residencial Villa Las Palmas 80 Residencial Villa Las Palmas III Etapa 81 Residencial Villa Las Palmas VI Etapa 82 Residencial Villa Las Palmas VII Etapa 84 Santísimo Salvador Las Palmas 85 Upis San José 86 Villa Alejandro I Etapa 87 Villa Alejandro II Etapa 88 Villa Libertad II Etapa 89 Villa Poeta José Gálvez Zona Avícola Pecuaria Industrial José 90 Gálvez Asociación Parque Industrial Quebrada 91 Retamal 92 Junta de Posesionarios

NORMAS LEGALES
ZONA 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 4 José Gálvez Barrenechea 5 Quebrada de Manchay 5 Quebrada de Manchay

Jueves 16 de febrero de 2017 /

El Peruano

Segunda: FACULTAR al Señor Alcalde mediante Decreto de Alcaldía dictar las disposiciones complementarias y necesarias para la debida aplicación de la presente Ordenanza. Tercera: ENCARGAR la difusión de la Ordenanza a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional en coordinación con la Sub Gerencia de Participación Vecinal. Cuarta: DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1486069-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 147-2015-MDP/C, que otorgó beneficio para pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación
DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2017-MDP/A Pachacámac, 20 de Enero del 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: El Informe N° 008-2017-MDP/GFC de fecha 20 de Enero del 2017, emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre "Prórroga de plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal N° 147-2015-MDP/C, que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo Nº 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30057 ­ Ley de Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza N° 147-2015-MDP/C, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de Junio del 2015, se aprobó la "Ordenanza que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación", dentro del cual se establece como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2015. Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 031-2016-MDP/A, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de Diciembre del 2016, se decreta prorrogar el plazo de vigencia de la citada ordenanza hasta el 31 de Enero de 2017. Que, en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación así como disponer la prórroga de la misma. Que, de acuerdo al Artículo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, estando a lo expuesto y en uso delas facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20° en concordancia con el Artículo 42° de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades;

83 Residencial Zarumilla - Zona José Gálvez 4 José Gálvez Barrenechea

Artículo Tercero.- TASA ESPECIAL DE ARBITRIOS MUNICIPALES Reducir hasta un ochenta por ciento (80%) las tasas de Arbitrios Municipales para el ejercicio fiscal 2007 al 2015 y cincuenta por ciento (50%) para el ejercicio fiscal 2016 y 2017, para las denominadas "Zonas Especiales" establecidas en el artículo segundo de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DERECHO DE EMISIÓN Establézcase para las denominadas "zonas especiales" el derecho de emisión mecanizada y distribución de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2016 y 2017 en S/. 3.00 (Tres Soles) anual por predio. Artículo Quinto: DE LA PUBLICACIÓN Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial ­ El Peruano, el mismo que entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES FINALES Primera: ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Estadística e Informática el cumplimiento de presente Ordenanza.

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