Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2017 (22/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 22 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Establecer como objetivo general del Área de Conservación Privada "Santa Catalina de Moza", conservar una muestra representativa del bosque seco de colina y premontano, ubicado dentro de la referida Área de Conservación Privada; de acuerdo a lo consignado en su Ficha Técnica. Artículo 3.- Las obligaciones que se derivan del reconocimiento del Área de Conservación Privada son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte de los propietarios de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante la vigencia del reconocimiento del Área de Conservación Privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo. Artículo 4.- Disponer que los propietarios inscriban en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, las condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada "Santa Catalina de Moza", a perpetuidad, según el siguiente detalle: 1. Usar el predio para los fines de conservación para los cuales ha sido reconocido. 2. Brindar al representante del SERNANP, o a quien éste designe, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del área de conservación privada. 3. Cumplir con el Plan Maestro, el mismo que tiene una vigencia de cinco (05) años renovables. 4. Presentar un informe anual de avances respecto al cumplimiento de lo establecido en el Plan Maestro. 5. Cumplir las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0382001-AG, así como los compromisos asumidos ante el SERNANP y demás normas que se emitan al respecto. Artículo 5.- Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no implica la convalidación de derecho real alguno sobre el área reconocida, así como tampoco constituye medio de prueba para el trámite que pretenda la formalización de la propiedad ante la autoridad competente. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob. pe) y en el Portal del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (www.sernanp.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1487910-2

Formalizan incorporación de perfiles de puestos al Manual de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 006-2017-MINAM Lima, 21 de febrero de 2017 Vistos, los Informes Nº 050-2017-MINAM/SG/OGA/ RRHH y 169-2017-MINAM/SG/OGA/RRHH, del Especialista Responsable del Sistema de Recursos Humanos (e); el Informe Nº 025-2017-MINAM/SG/OGA y el Memorando N° 217-2017-MINAM/SG/OGA, de la Oficina General de Administración; los Informes Nº 017-2017-MINAM/SG/OPP y N° 015-2017-MINAM/SG/OPP/RAC, y el Memorando N° 098-2017-MINAM/SG/OPP, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 085-2017-MINAM/SG/OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo 007-2008-MINAM, se aprueba el Reglamento N° de

Organización y Funciones ­ ROF del Ministerio del Ambiente, el mismo que contiene la estructura orgánica y funciones de todos los órganos que lo conforman; Que, con Resolución Ministerial Nº 068-2011-MINAM, se aprueba el Manual de Organización y Funciones ­ MOF de la Alta Dirección, órganos de control, de defensa judicial y resolutivo, de los órganos de línea, de los órganos de asesoramiento y del órgano de apoyo del Ministerio del Ambiente; Que, posteriormente, con Resolución Ministerial N° 396-2016-MINAM, se aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio del Ambiente; Que, de acuerdo a lo previsto en el acápite ii) del literal a) del artículo 19 de la Directiva Nº 001-2016-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos ­ MPP", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 052-2016-SERVIR-PE, las entidades públicas que cuenten con un Manual de Organización y Funciones y que aprueben o modifiquen su ROF o su CAP Provisional, se encuentran facultadas a elaborar perfiles respecto a aquellos cargos comprendidos en la respectiva adecuación estructural; Que, asimismo, el literal d) del artículo 20, de la referida Directiva establece que el titular de la entidad o la autoridad competente formaliza la incorporación de los perfiles de puesto de los regímenes regulados por los Decretos Legislativos N° 276 y 728 al MOF y deja sin efecto la correspondiente descripción del cargo en el MOF; Que, sobre el particular, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, concordante con el literal m) del artículo 5 de la mencionada Directiva, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa. Siendo que en el caso del Ministerio del Ambiente, el artículo 13 de su Reglamento de Organización y Funciones establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio; Que, mediante Informe Nº 025-2017-MINAM/SG/ OGA, el Director de la Oficina General de Administración hace suyo el Informe Nº 050-2017-MINAM/SG/OGA/ RRHH, del Especialista Responsable del Sistema de Recursos Humanos (e), a través del cual recomienda la incorporación al MOF, de los perfiles de puesto de Asesor en temas de Gestión Ambiental del Viceministerio de Gestión Ambiental, de Asesor en temas de Recursos Naturales del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, y de Secretaria del Ministro del Despacho Ministerial, los mismos que han sido elaborados conforme al procedimiento previsto en la Directiva Nº 001-2016-SERVIR-GDSRH; tomando como referencia las funciones y requisitos generales previstos en el Catálogo de Puestos Tipo contenido en la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GPGSC "Familias de Puestos y Roles y Manual de Puestos Tipo (MPT) aplicables al Régimen del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 100-2015-SERVIR-PE, modificada por las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva N° 004, 063 y 100-2016-SERVIR-PE. Este último informe ha sido complementado con el Informe N° 169-2017-MINAM/SG/ OGA/RRHH, adjunto al Memorando N° 217-2017-MINAM/ SG/OGA; Que, adicionalmente, con Informe Nº 017-2017-MINAM/ SG/OPP, la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la referida incorporación de perfil de puestos, habiéndose verificado la coherencia y alineamiento de los perfiles de puestos alcanzados por la Oficina General de Administración, con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. Dicho Informe ha sido complementado con Informe N° 015-2017-MINAM/SG/OPP/RAC, adjunto al Memorando N° 098-2017-MINAM/SG/OPP; Que, teniendo en consideración lo antes expuesto y habiéndose cumplido con lo previsto en la precitada Directiva, corresponde emitir el presente acto resolutivo que formalice la incorporación al MOF del Ministerio del

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