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20 NORMAS LEGALES Domingo 26 de febrero de 2017 / El Peruano de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Renovar la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo a la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.”, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la publicación en el diario o fi cial ”El Peruano”, con dos Líneas de Inspección Técnica Vehicular, una línea Tipo Mixta y una línea Tipo Combinada, en el local ubicado en la Parcela J, Mz. A, Lote N°s. 05, 06, 07, 08, 09, 38, 39, 40, 41 y 42 adyacente a la prolongación Sanchez Cerro, departamento de Piura, en aplicación de lo dispuesto por las normas legales vigentes. Artículo 2°.- Renovar la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Móvil a la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.”, otorgada mediante Resolución Directoral N° 1905-2015-MTC/15, para operar una (01) Línea de Inspección Tipo Menor en los siguientes distritos: Sullana, Castilla, Sechura, La Unión, Paita y Chulucanas, por el plazo de cinco (05) años a partir del día siguiente de la publicación en el diario o fi cial “El Peruano” y su ámbito territorial queda subordinado a la operación de algún Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo en los ámbitos territoriales autorizados, aprobándose el cronograma anual de inspecciones técnicas vehiculares para el año 2017 como sigue: Distrito Provincia Departamento Inicio Término Sullana Sullana Piura 10.01.2017 20.06.2017 Paita Paita Piura 05.07.2017 20.09.2017 La Unión Piura Piura 05.10.2017 01.12.2017 Artículo 3°.- Es responsabilidad de La Empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C. renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorización, antes del vencimiento de los plazos señalados en los siguientes cuadros: Citv Fijo: ACTOFecha Máxima de Presentación Primera renovación de carta fi anza 24 de julio del 2017 Segunda renovación de carta fi anza 24 de julio del 2018 Tercera renovación de carta fi anza 24 de julio del 2019 Cuarta renovación de carta fi anza 24 de julio del 2020 Quinta renovación de carta fi anza 24 de julio del 2021 Citv Móvil: ACTOFecha Máxima de Presentación Primera renovación de carta fi anza 30 de setiembre de 2017 Segunda renovación de carta fi anza 30 de setiembre de 2018 Tercera renovación de carta fi anza 30 de setiembre de 2019 Cuarta renovación de carta fi anza 30 de setiembre de 2020 Quinta renovación de carta fi anza 30 de setiembre de 2021 En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovación de la Carta Fianza antes de su vencimiento, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4°.- La empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFecha Máxima de Presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza05 de diciembre de 2017 Segunda renovación o contratación de nueva póliza05 de diciembre de 2018 Tercera renovación o contratación de nueva póliza05 de diciembre de 2019 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza05 de diciembre de 2020 Quinta renovación o contratación de nueva póliza05 de diciembre de 2021 En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5°.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.” a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 6°.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial ”El Peruano”, siendo de cargo de la empresa “CERTIFICA PERÚ S.A.C.”, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 1489487-1 Autorizan a Mecánica Integral Visaagas S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 753-2017-MTC/15 Lima, 13 de febrero de 2017VISTOS:La solicitud registrada mediante Hoja de Ruta Nº E-343060-2016, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud presentados por la empresa MECANICA INTEGRAL VISAAGAS S.A.C., mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en adelante La Directiva, establece