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89 NORMAS LEGALES Martes 28 de febrero de 2017 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, publicar la presente Resolución y el Anexos N° I, en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresa www. serviciosalciudadano.gob.pe, en el Portal Institucional www.munisurco.gob.pe, de acuerdo a lo establecido con el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010- PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALFONSO M.J. MASSA GONZALEZ -OLAECHEA Regidor Encargado del Despacho de Alcaldía 1490554-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban formato de notificación preventiva de infracción DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2017-ALC/MVES Villa El Salvador, 10 de febrero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO, El Informe Nº49-2017-OAJ/MVES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº128-2017- GM/MVES de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº363-MVES se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas - RAS, y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones – CUIS, de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, facultándose al alcalde en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Derogatoria para que, mediante decreto, dicte las disposiciones técnicas y administrativas necesarias para su cabal aplicación; Que, mediante memorando de vistos, la Gerencia Municipal reporta que, a fin de viabilizar la emisión de notificaciones preventivas de infracción, documento que da inicio a la etapa decisora del procedimiento sancionador y a cuyo mérito se expide la resolución de sanción correspondiente, urge contar con un formulario que coadyuve a un desempeño eficaz por parte de los inspectores municipales, iniciativa que cuenta con la aquiescencia de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, según el artículo 42º de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen, entre otras disposiciones, normas que regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al Concejo Municipal y, en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el formato de notifi cación preventiva de infracción que, como anexo, forma parte del presente decreto. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, a través de los inspectores municipales el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador (www.munives.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1490689-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ordenanza que otorga Beneficios Tributarios para el año 2017 en el distrito ORDENANZA Nº 004-2017-MDLP La Perla, 17 de febrero del 2017 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha, el Dictamen Nº003-2017 de la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza que otorga benefi cios tributarios para el ejercicio 2017; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado mediante la Ley Nº30305 y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 2.1 del artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº27972, establece que es función de las Municipalidades en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción, en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales; Que, el Artículo 41º y 52º del Texto Único Ordenado del Nuevo Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren y en lo que respecta a las contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar el tributo; así mismo, administran las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne; Que, con el Dictamen Nº003-2017 de la Comisión Ordinaria de Administración Economía y Presupuesto, establece la necesidad de incentivar a los contribuyentes a regularizar voluntariamente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales, por lo que considera pertinente establecer un benefi cio por pronto pago, de tal forma que se tienda a lograr la efi ciencia en la recaudación tributaria en el distrito de La Perla; Que, igualmente, es objetivo de la actual administración contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad procurando acciones que contribuyan a lograr su bienestar, en concordancia