Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2017 (28/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Martes 28 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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de la Ordenanza Nº017-2016-MDLP, para incorporar a la Sub Gerencia de Sanciones entre otros cambios de denominación y atribuciones en la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo, el Teniente Alcalde dispone incorporar a la Orden del Día, el pedido del Regidor Carlos Enrique Ávalos Moreno, respecto a la nueva propuesta de modificación parcial de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones, aprobadas mediante las ordenanzas señaladas en los considerandos anteriores, para que en aplicación de las nuevas disposiciones dictadas por el Gobierno Nacional, producto de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso Nacional, realizara en materia de procedimientos y simplificación administrativa, así como, fiscalización y sanción que es necesario actualizar, adecuar y aplicar en las atribuciones de las diferentes órganos municipales, incorporando a su vez la Gerencia de Salud y la Sub Gerencia de Salubridad y Vigilancia Sanitaria y cambiar la denominación de la Sub Gerencia de Sanciones, por Sub Gerencia de Control y Fiscalización, dentro del organigrama estructural y Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, de acuerdo a las recomendaciones realizadas mediante Informe Nº026-2017-GPP/MDLP del 16 de Febrero de 2017, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto y el Informe Nº170-2017-GAJ/MDLP del 16 de Febrero de 2017, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, asimismo, en los informes técnico legal arriba señalados, al realizar la justificación técnica se ha determinado que cada área municipal al revisar sus atribuciones funcionales, ha incorporado, modificado o suprimido ciertas facultades como consecuencia de la actualización normativa descrita, situación que no ocasionará efectos presupuestales; Que, bajo ese contexto, resulta necesario la modificación parcial del citado organigrama Estructural y del texto del ROF de la Ordenanza Nº017-2016-MDLP, según Anexo que es parte integrante de la presente ordenanza y que es atribución de aprobarla por parte del Pleno del Concejo Municipal; Que, en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 9º, numeral 8 y artículo 40º de la Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades, que señalan que son atribuciones del Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos", con el VOTO EN MAYORÍA de los señores Regidores, con la dispensa del Dictamen de Comisión Ordinaria de Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA ORDENANZA Nº 017-2016-MDLP Artículo Primero.- MODIFICAR parcialmente la Ordenanza Nº017-2016-MDLP, respecto a la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de La Perla, para incorporar a la Gerencia de Salud, la Sub Gerencia de Salubridad y Vigilancia Sanitaria y la Sub Gerencia de Control y Fiscalización, de acuerdo al organigrama y texto único sustitutorio del Reglamento de Organización y Funciones que en Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, para su publicación y difusión con el anexo íntegro en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DIOFÉMENES ARÍSTIDES ARANA ARRIOLA Teniente Alcalde 1490578-1

Modifican el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2017-A-MDLP La Perla, 11 de enero del 2017 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE LA PERLA VISTOS: El Informe Nº001-2017-GPP/MDLP, de fecha 09 de Enero del 2017 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, que solicita aprobar la Reconversión de los nuevos Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos vigentes contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, de la Municipalidad Distrital de La Perla y el Informe Nº 035-2017-GAJ-MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº30305, en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el artículo 38º, numeral 38.5 de la Ley Nº27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, modificado mediante el artículo 2º del Decreto Legislativo Nº1272 del 21 de Diciembre de 2016, señala que toda modificación del TUPA, que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº011-2016-MDLP, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla, elaborado de acuerdo a la Ley Nº27444 ­ Ley del ´Procedimiento Administrativo General y según formato aprobado con Decreto Supremo Nº062-2009-PCM; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº0622009-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 24 de Setiembre del 2009, que aprueba el formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, precisa que dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la vigencia de la modificación del valor de la U.I.T., las entidades deberán efectuar la reconversión de los nuevos términos porcentuales aplicables como resultados de la división del monto de cada derecho de tramitación vigente, entre el nuevo valor de la U.I.T. cuyo monto para el Año Fiscal 2017, han sido fijado en Cuatro Mil Cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4,050.00), mediante el Decreto Supremo Nº353-2016-EF del 21 de Diciembre del 2016, debiéndose publicar en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas y el Portal del Estado Peruano, así como, en el Portal de la Entidad a través de los Funcionarios responsables; Que, con el Informe Nº001-2017-GPP/MDLP, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, solicita la aprobación del Decreto de Alcaldía para la Reconversión de los nuevos Términos Porcentuales de los Derechos Administrativos Vigentes en el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla, relacionada a la U.I.T. establecida para el Año Fiscal 2017; Que, el Informe Nº 035-2017-GAJ-MDLP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye y opina por la procedencia legal de la Reconversión de los nuevos términos porcentuales de los derechos administrativos

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