Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2017 (19/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Miércoles 19 de julio de 2017 /

El Peruano

Cusco; y, de los señores Mario Sota Alvarez, Juez titular del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; José Martín Burgos Zavaleta, Juez titular del Cuarto Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; y, Carlos Olmedo Veneros Gutiérrez, Juez titular del Vigésimo Sétimo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte Superior de Lima, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cusco, La Libertad, Lima; y Lima Sur; jueces solicitantes; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1545745-3 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 201-2017-CE-PJ Lima, 7 de junio de 2017 VISTO: El Oficio N° 309-2017-P/CNM, cursado por el señor Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, respecto de la permuta de los señores Jorge Guillermo Fernández Ceballos y Alfredo Salinas Mendoza, Jueces Superiores titulares de los Distritos Judiciales de Lima Norte y Moquegua, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 308-2016-CE-PJ, de fecha 30 de noviembre de 2016, se declaró fundada la solicitud de permuta presentada; y se dispuso el traslado del señor doctor Jorge Guillermo Fernández Ceballos, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Lima Norte, a un cargo de similar nivel y jerarquía en el Distrito Judicial de Moquegua; y el traslado del señor doctor Alfredo Salinas Mendoza, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Moquegua, a un cargo de similar nivel y jerarquía en el Distrito Judicial de Lima Norte. Segundo. Que, al respecto, la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura comunica que si bien la mencionada resolución administrativa declaró fundada la solicitud de permuta de los citados jueces superiores, no se advierte si registran procedimientos disciplinarios de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución N° 238-2006-CNM y modificado por Resoluciones Nros. 057-2014-CNM y 298-2016-CNM, de fecha 3 de agosto de 2016 en el cual se señala que "... tratándose de la permuta, ésta no podrá efectuarse con juez o fiscal que dentro del año siguiente va a cesar por límite de edad o que se encuentre con procesos disciplinarios en trámite". Tercero. Que en el extremo referido al artículo 6° del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, y sus modificatorias; la Presidencia de este Órgano de Gobierno, para mejor resolver, por resolución de fecha 17 de abril del presente año, solicitó informe sobre el registro de procedimientos disciplinarios del señor Jorge Guillermo Fernández Ceballos, Juez Superior del Distrito Judicial de Lima Norte; y del señor Alfredo Salinas Mendoza, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Moquegua, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y a las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Moquegua, respectivamente.

En consecuencia, habiéndose remitido la información solicitada, corresponde que el Consejo Nacional de la Magistratura proceda de acuerdo a sus atribuciones. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 464-2017 de la vigésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Remitir al Consejo Nacional de la Magistratura los informes respecto a los procedimientos disciplinarios del señor Jorge Guillermo Fernández Ceballos, Juez Superior del Distrito Judicial de Lima Norte; y del señor Alfredo Salinas Mendoza, Juez Superior titular del Distrito Judicial de Moquegua; para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte y Moquegua, jueces solicitantes; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1545745-4

Disponen la asistencia a la ceremonia del Día del Juez para su reconocimiento público, de magistrados que alcanzaron o superaron el estándar anual de expedientes resueltos durante el año 2016
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 210-2017-CE-PJ Lima, 7 de junio de 2017 VISTOS: La propuesta presentada por el señor Consejero José Luis Lecaros Cornejo; y el Oficio N° 579-2017-OPJ-CNPJCE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 196-2017-CE-PJ de fecha 31 de mayo de 2017, artículo primero, se expresó reconocimiento y felicitación a los señores jueces y personal auxiliar de los órganos jurisdiccionales permanentes de las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país, que en el Año Judicial 2016 lograron alcanzar o superar el 100% del estándar anual, en su subespecialidad e instancia. Segundo. Que, en tal sentido, conforme a lo establecido en la mencionada resolución, resulta pertinente disponer la entrega de un reconocimiento a los jueces de los órganos jurisdiccionales que ocuparon el primer puesto en su respectiva subespecialidad e instancia, cuyas subespecialidades existan como mínimo en seis Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, y que hayan estado a cargo de dichos órganos jurisdiccionales permanentes como mínimo seis meses, período en el cual las referidas dependencias judiciales presentaron la mayor cantidad de expedientes resueltos, debiendo en el caso de las Salas Superiores y Juzgados Penal Colegiado ser representados por los presidentes de los referidos órganos jurisdiccionales.

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