Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2017 (02/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de junio de 2017 /

El Peruano

Municipalidad Distrital de Balsapuerto, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto. CONSIDERANDOS Sobre la sentencia condenatoria 1. Mediante sentencia del 29 de diciembre de 2011 (Proceso Nº 00649-2008-0-2208-SP-PE-01), la Sala Penal Liquidadora de Tarapoto condenó a Nazario Luis Peña Panduro por el delito de peculado y le impuso cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por un periodo de prueba de tres años, e inhabilitación por tres años, conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal. 2. Por medio de la ejecutoria del 29 de enero de 2014 (R.N. Nº 3353-2012), la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia declaró no haber nulidad en la sentencia condenatoria, emitida el 29 de diciembre de 2011, mediante la que se condenó e inhabilitó por tres años a la mencionada autoridad. Trámite de la inhabilitación de Nazario Luis Peña Panduro 3. En el marco del mencionado proceso penal, a través del Oficio Nº 444-2015-EXP.2004-0028-1er-JM/LCSJSM-JPRA, del 9 de abril de 2015, el Primer Juzgado Mixto y Juzgado Penal Liquidador de Alto Amazonas de la Corte Superior de Justicia de San Martín remitió a esta sede electoral copia certificada de la Resolución Número Uno, de fecha 6 de abril de 2015 (fojas 2 a 4), con la cual dispuso el inicio del procedimiento provisional de ejecución de la pena de inhabilitación impuesta a Nazario Luis Peña Panduro, alcalde de la Municipalidad Distrital de Balsapuerto, en el marco del Proceso Penal Nº 00649-2008-0-2208-SP-PE-01. 4. El 12 de mayo de 2015, a través de la Resolución Nº 127-2015-JNE (fojas 216 a 218), este Supremo Tribunal Electoral, en cumplimiento a lo dispuesto por el órgano jurisdiccional, dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial otorgada al referido alcalde distrital y convocó a Magno Saavedra Cachique para que asuma, transitoriamente, dicho cargo. Asimismo, el 24 de julio de 2015, por medio de la Resolución Nº 0203-A-2015JNE, se declaró infundado el recurso extraordinario que la autoridad suspendida presentó contra la Resolución Nº 127-2015-JNE. Pedido de restablecimiento de credencial 5. En tal contexto, por medio del escrito del 15 de marzo de 2017, Nazario Luis Peña Panduro solicita que se restablezca su credencial como alcalde del distrito de Balsapuerto. Asimismo reitera esta solicitud por medio del escrito del 26 de mayo de 2017 (Expediente Nº J-2015-00124-A01), para lo cual presenta, entre otros documentos, copia simple de la Resolución Número Siete, del 5 de mayo de 2017 (fojas 866 a 872), correspondiente al Expediente judicial Nº 000649-2008-64-2208-SPPE-01, la cual habría declarado fundado su pedido de levantamiento de inhabilitación. 6. Ante ello, por medio de los Oficios Nº 01556-2017SG/JNE y Nº 01582-2017-SG/JNE, del 19 y 23 de mayo de 2017, respectivamente, se solicitó al presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín que remita copias certificadas de la referida resolución. 7. En respuesta, el presidente del mencionado distrito judicial, a través del Oficio Nº 0800-2017-P-CSJSM/PJ, del 26 de mayo de 2017 (fojas 854), remitió, entre otros documentos, copias certificadas de la Resolución Número Siete, expedida el 5 de mayo de 2017, mediante la cual la Sala Penal de Apelaciones y Liquidadora de San Martín - Tarapoto declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por Nazario Luis Peña Panduro; revocó la Resolución Número Nueve, del 16 de febrero de 2017, que había declarado improcedente su pedido de levantamiento de inhabilitación; y, reformándola, declaró fundado el pedido de levantamiento de inhabilitación formulado por el suspendido alcalde.

8. Así, en razón del pronunciamiento emitido por el citado órgano jurisdiccional penal, el cual fue comunicado a esta sede electoral por el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, se desprende que, a la fecha, no existe la pena de inhabilitación que el Primer Juzgado Mixto y Juzgado Penal Liquidador de Alto Amazonas dispuso a través de la Resolución Número Uno, de fecha 6 de abril de 2015. Por tal motivo, corresponde a este órgano electoral restablecer la credencial que lo reconoce en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Balsapuerto. 9. Sin embargo, cabe precisar que la decisión adoptada por este colegiado electoral se efectúa de modo provisional, por cuanto está supeditada a lo que posteriormente disponga la Corte Suprema de Justicia de la República, con relación al recurso de queja por denegatoria de recurso de nulidad presentado por el abogado de la Municipalidad Distrital de Balsapuerto contra la Resolución Número Ocho, del 15 de marzo de 2017, que declaró improcedente, a su vez, el recurso de nulidad que formuló contra la citada Resolución Número Siete, del 5 de mayo de 2017. El cuaderno respectivo fue elevado a través de la Resolución Nº Uno, del 23 de mayo de 2017. 10. Por consiguiente, se debe disponer el restablecimiento provisional de la vigencia de la credencial otorgada a Nazario Luis Peña Panduro, dejando a salvo los procedimientos que puedan seguirse en razón de la nueva información que remita la autoridad judicial. 11. Asimismo, corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a Magno Saavedra Cachique y a Esperanza Yumi Tangoa, quienes habían asumido provisionalmente el cargo de alcalde y regidora, respectivamente, de la Municipalidad Distrital de Balsapuerto, y que fueron convocados a través de la Resolución Nº 127-2015-JNE, del 12 de mayo de 2015. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con el voto en minoría de los magistrados Luis Carlos Arce Córdova y Ezequiel Chávarry Correa, y con el fundamento de voto del magistrado Jorge Armando Rodríguez Vélez, en uso de sus atribuciones, RESUELVE, EN MAYORÍA Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Magno Saavedra Cachique, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Balsapuerto, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, conforme fue dispuesto por la Resolución Nº 127-2015-JNE. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Esperanza Yumi Tangoa, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Balsapuerto, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, conforme fue dispuesto por la Resolución Nº 127-2015-JNE. Artículo Tercero.- RESTABLECER provisionalmente la vigencia de la credencial otorgada a Nazario Luis Peña Panduro que lo reconoce como alcalde de la Municipalidad Distrital de Balsapuerto, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) Expediente Nº J-2015-00094-I01 BALSAPUERTO - ALTO AMAZONAS - LORETO INHABILITACIÓN Lima, treinta y uno de mayo de dos mil diecisiete

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