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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (16/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2017 El Peruano / expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR EL DERECHO DE VÍA DE LA OBRA ADICIONAL VIA DE EVITAMIENTO PIURA DEL TR AMO 6: PIURA – PAITA DEL EJE MULTIMODAL DEL AMAZONAS NORTE DEL “PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL SUDAMERICANA – IIRSA” , DISTRITO DE CASTILLA, PROVINCIA Y DEPARTAMIENTO DE PIURA. No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONALCORPORACION AGROINDUSTRIAL SANTA ROSA S.A.C.CÓDIGO: PIN-EV01-IND - 004 AREA AFECTADA: 38.643.77 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 1,067,687.37 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:• Por el Norte: Colinda con la UC 20000 de Vallejo Santa Maria Heli Jesus en linea recta del tramo A-B en 50.86 ml. • Por el Este : Colinda con el area remanente 02 de la UC 20003 de Corporacion Agroindustrial Santa Rosa SAC en linea recta del tramo B -C en 772.87 ml.• Por el Sur: Colinda con la UC 20005 de Montrone Lavin Miguel Angel en linea recta C - D en 50.86 ml. • Por el Oeste: Colinda con el área remanente 01 de la UC 20003 de Corporacion Agroindustrial Santa Rosa SAC, en linea recta del tramo D - A en 772.88 ml. COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 50.86 545568.6380 9422433.0400 B B-C 772.87 545619.4900 9422434.0860 C C-D 50.86 545776.8490 9421667.4080 D D-A 772.88 545726.0000 9421676.3450 PARTIDA REGISTRAL: N° 04033377 perteneciente a la Ofi cina Registral de Piura - Zona Registral N° I Sede Piura. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 15.03.2016 ( Informe Tecnico N° 1154-2016-ORP-SCR-ZR N° I-UREG/SUNARP del 11.03.2016), expedido por la O fi cina de Catastro de la O fi cina Registral Piura, Zona Registral N° I - Sede Piura. 1533737-1 Aprueban la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Red Vial N° 4: Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme R01N, Tramo: Vía Evitamiento Huarmey, y el valor de la Tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 496-2017 MTC/01.02 Lima, 15 de junio de 2017VISTA: La Nota de Elevación N° 315-2017-MTC/20 de fecha 30 de mayo de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional–PROVIAS NACIONAL, y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú;Que, la Ley en su artículo 12 establece que: “El valor de la Tasación para adquirir inmuebles destinados a la ejecución de Obras de Infraestructura es fi jado por el órgano competente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; sin embargo, la Quinta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico, modi fi cada por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1330, prevé que “La Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones asumirá la competencia para realizar las tasaciones requeridas desde el 05 de enero de 2015 hasta el 30 de enero de 2017, respecto de los inmuebles necesarios para la ejecución de los proyectos de infraestructura y servicios de transportes administrados por dicha Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192. El procedimiento de tasación se ajustará a lo establecido en la normatividad correspondiente, aprobada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; Que, asimismo, la Ley en su artículo 13, prevé que el valor de la Tasación se efectúa considerando lo siguiente: “13.1 El valor comercial del inmueble: a. Incluye los valores de terreno, de edi fi cación, obras complementarias y plantaciones, de ser el caso. b. En ningún caso la Tasación comprende el valor de las mejoras, cultivos o elementos existentes en el inmueble realizados con posterioridad a la fecha de inspección ocular. c. Se considerarán los cultivos permanentes existentes, de corresponder. Solo si los cultivos transitorios fueron sembrados antes de la inspección ocular, el Sujeto Activo podrá acordar un plazo para la entrega del bien inmueble