Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2017 (16/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de junio de 2017 /

El Peruano

Que, conforme al marco normativo expuesto, el SIS ha suscrito los convenios para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en Hospitales y/o Institutos Especializados, que tienen por objetivo establecer el mecanismo, modalidades y condiciones de pago que garanticen la atención integral de los asegurados del SIS en los hospitales e institutos especializados; Que, conforme a las clausulas establecidas en el Convenio para el Financiamiento de los Servicios o Prestaciones de Salud en Hospitales y/o Institutos Especializados, la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro Integral de Salud, ha procedido a realizar el cálculo de los importes a transferir a las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales de Arequipa, San Martín, Lambayeque y Callao; Que, mediante informe de Vistos la Gerencia de Negocios y Financiamiento propone realizar la transferencia de los recursos financieros por el monto ascendente a S/. 29 579 498, 00 (veintinueve millones quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos noventa y ocho con 00/100 soles), correspondiente a la transferencia adelantada para los meses de mayo, junio, julio y agosto 2017; Que, la Cláusula Séptima del referido Convenio se establece entre otros las específicas y conceptos donde deben ser ejecutados los recursos que se transfiere; así como, el porcentaje de los recursos que deben ser destinados a la adquisición de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios (Prioridad I); Que, mediante Informe N° 036-2017-SIS/OGPPDONAM, con Proveído N° 197-2017-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión favorable de la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 699-2017 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el financiamiento de las prestaciones de salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud en los Hospitales de las Regiones Arequipa, San Martín, Lambayeque y Callao; Que, asimismo, mediante Informe N° 81-2017-SIS/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal favorable para la transferencia financiera propuesta por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en el marco de los Convenios suscritos entre el Seguro Integral de Salud y las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales de Arequipa, San Martín, Lambayeque y Callao para el Financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados en los hospitales y/o institutos especializados, por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Que, corresponde al Titular del Pliego tramitar la incorporación de los recursos que se transfiere por la presente Resolución Jefatural, desagregándolos en el nivel funcional programático de acuerdo a los montos asignados en las categorías presupuestarias, debiendo emitir la resolución correspondiente dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución, así como efectuar su publicación en el Portal Institucional del Pliego dentro de los cinco (5) días de aprobada; asimismo, con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al Plan Operativo Institucional de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente; Con el visto de la Secretaria General (e), del Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerente (e) de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Director General (e) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-

2011-SA y modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS por la suma total de VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 29 579 498,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al Calendario junio de 2017, a favor de las Unidades Ejecutoras del Sector Salud de los Gobiernos Regionales de Arequipa, San Martín, Lambayeque y Callao, en el marco del Convenio suscrito con el Seguro Integral de Salud, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- Precisar que los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural corresponden a la transferencia financiera para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas por los hospitales e institutos especializados a los asegurados del SIS para los meses de mayo, junio, julio y agosto del presente año 2017, calculada de acuerdo a la metodología establecida en la Guía Técnica N° 001-2012-SIS-GNF "Guía Técnica para el pago por Preliquidación" aprobada por Resolución Jefatural N° 148-2012/SIS y las cláusulas del Convenio suscrito. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el Anexo de la presente Resolución Jefatural a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud - SIS, http://www.sis.gob.pe/ ipresspublicas/transferencias.html, Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", así como publicar en el Portal Institucional http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/normas.html el texto de la presente Resolución Jefatural y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1533331-1

ORGANISMOS REGULADORES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Modifican el artículo 6B del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASSCD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 013-2017-SUNASS-CD Lima, 12 de junio de 2017 VISTO: El Informe Nº 012-2017-SUNASS-100 de las gerencias de Políticas y Normas, Supervisión y Fiscalización, Regulación Tarifaria y Asesoría Jurídica, el cual contiene la propuesta de modificación del artículo 6B del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SUNASS-CD, y su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada

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