Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2017 (16/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de junio de 2017 /

El Peruano

Artículo 4.- De la modificación de la calificación en procedimientos Modifíquese la calificación de siete (7) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 81, 89, 90, 91, 92, 94 y 99 del TUPA vigente, conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 5.- De la fusión de procedimientos Fusiónese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, los procedimientos consignados en los numerales 29-30 y 44-45. Artículo 6.- De la reducción de plazos en procedimientos Redúzcase los plazos de atención de tres (3) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 12, 67 y 68, conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 7.- De la eliminación de requisitos en procedimientos Elimínese ciento seis (106) requisitos innecesarios en treinta y dos (32) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 17, 21, 23, 25, 42, 46, 49, 50, 53, 58, 61, 63, 67, 68, 77, 78, 81, 82, 83, 85, 86, 92, 95, 99, 100, 102 y 103, conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 8.- De la modificación de requisitos en procedimientos Modifíquese cincuenta y cinco (55) requisitos en treinta y un (31) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 1, 5, 10, 12, 13, 15, 17, 18, 23, 25, 27, 29, 30, 44, 45, 46, 49, 50, 58, 78, 81, 85, 86, 89, 90, 91, 94, 99, 100, 102 y 119, conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 9.- De la eliminación de servicios Elimínese dos (2) servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 1 y 2. Artículo 10- De la eliminación de requisitos en servicios Elimínese veintiséis (26) requisitos innecesarios en tres (3) servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 8, 9 y 10, conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial. Artículo 11.- De la eliminación de publicaciones Elimínese tres (3) publicaciones especializadas del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del MTPE, consignados en los numerales 1, 2 y 3. Artículo 12.- De la publicación Publicar la presente resolución ministerial que aprueba la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, en el diario oficial El Peruano. Publicar en el Portal del Diario Oficial El Peruano el anexo a que hace referencia el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 13. De la Difusión Difundir la presente resolución ministerial y el anexo a que hace referencia el artículo 1, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción, el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1533669-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a El Salvador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 490-2017 MTC/01.02 Lima, 14 de junio de 2017 VISTOS: Las Cartas JI ­ 570/17 recibida el 27 de abril de 2017 y JI-638/17 recibida el 05 de mayo de 2017, de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., el Informe N° 337-2017-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 234-2017-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria, aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM y sus modificatorias, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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