Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2017 (16/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 16 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

25

SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer que la Oficina General de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación del proyecto de Norma Técnica de Salud que establece los Criterios Éticos para la Promoción y Publicidad de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios y su proyecto de Resolución Ministerial aprobatoria, en la dirección electrónica de documentos en consulta: http:// www.minsa.gob.pe/index.asp?op=10, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario, a través del correo webmaster@minsa.gob.pe. Articulo 2.- Encargar a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración del proyecto final. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1533459-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2017-TR Lima, 9 de junio de 2017 VISTOS: El Memorándum N° 385-2017-MTPE/4.9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Técnico Nº 66-2017-MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organización y Modernización y el Informe Nº 666-2017MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2006-TR se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, modificado por Resoluciones Ministeriales Nros. 1072007-TR, 285-2007-TR, 055-2008-TR, 127-2008-TR, 192-2008-TR, 323-2008-TR, 021-2010-TR, 262-2010-TR, 014-2011-TR, 029-2013-TR, 089-2013-TR, 107-2013-TR, 249-2014-TR, 009-2016-TR, 300-2016-TR y Decretos Supremos Nros. 010-2009-TR y 010-2012-TR; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1272, se modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, regulando normas comunes para las actuaciones de la función administrativa del Estado y, todos los procedimientos administrativos desarrollados en las entidades, incluyendo los procedimientos especiales, a efectos de optimizar la regulación de los principios del procedimiento administrativo con el fin de tutelar el derecho de los administrados; entre otras; Que, asimismo, el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado ­ TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS, establece el principio de simplicidad, por el cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos

deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir; Que, el numeral 39.3 del artículo 39 del referido TUO establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que, asimismo, el numeral 43.5 del artículo 43 del citado TUO, prescribe que toda modificación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del sector; Que, en ese contexto normativo, la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con los Órganos y Unidades Orgánicas de la entidad, y en el marco de lo establecido en los artículos 39, 46 y 47 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS referidos a la legalidad del procedimiento, documentación prohibida de solicitar y presentación de documentos sucedáneos de los originales, respectivamente, ha procedido a revisar los procedimientos y requisitos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a fin de que los mismos cumplan con lo que precisa la norma en referencia, proponiendo su modificación en el sentido de eliminar once (11) procedimientos administrativos; eliminar la base legal de nueve (9) procedimientos administrativos; modificar la calificación de siete (7) procedimientos administrativos; fusionar dos (2) procedimientos administrativos; reducir plazos de atención en tres (3) procedimientos administrativos; eliminar ciento seis (106) requisitos innecesarios en treinta y dos (32) procedimientos administrativos; modificar cincuenta y cinco (55) requisitos en treinta y un (31) procedimientos; así como eliminar dos (2) servicios prestados en exclusividad; eliminar veintiséis (26) requisitos innecesarios en tres (3) servicios prestados en exclusividad; y eliminar tres (3) publicaciones especializadas; adjuntando para fines de su aprobación el Informe Técnico N° 66-2017-MTPE/4/9.3; Con las visaciones del Viceministro de Trabajo, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Secretario General, y de los Jefes de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la modificación Apruébese la modificación del Texto Procedimientos Administrativos ­ TUPA del de Trabajo y Promoción del Empleo, que adjunto forma parte integrante de la presente ministerial. Único de Ministerio en anexo resolución

Artículo 2.- De la eliminación de procedimientos Elimínese once (11) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 8, 22, 33, 34, 35, 36, 41, 48, 79, 97 y 98. Artículo 3.- De la eliminación de la base legal en procedimientos Elimínese la base legal en nueve (9) procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, consignados en los numerales 1, 46, 50, 61, 67, 70, 81, 94 y 99 del TUPA vigente, conforme al anexo indicado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.