Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 29 de junio de 2017 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0260-2017-MINAGRI Lima, 28 de junio de 2017 VISTA: La Nota Interna N° 157-2017-MINAGRI-SG, de Secretaría General, sobre designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM, comprende la normativa que regula la referida Ley, la misma que tiene como finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 5 del artículo 5 del referido Texto Único Ordenado establece que corresponde a la entidad pública identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, asimismo, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, señala como obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, y en el artículo 4 del mencionado Reglamento se precisa que dicha designación se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 1 de la Directiva N°001-2017-PCM/ SG "Lineamientos para la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las entidades de la Administración Pública", aprobada por Resolución Ministerial N° 035-2017-PCM, establece que la referida Directiva tiene por objeto establecer los lineamientos para una adecuada implementación del Portal de Transparencia Estándar y sus mejoras, en las Entidades de la Administración Pública, que contiene formatos estándares de información obligatoria a difundir y complementa las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento, y en el artículo 7 se precisa que su implementación recae en el funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad, conforme a lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Director (a) de la Oficina de Tecnología de la Información, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura

y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros , a la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, así como a la Oficina de Tecnología de la Información de este Ministerio, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y, publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1538646-1

Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0262-2017-MINAGRI Lima, 28 de junio de 2017 VISTA: La Carta C/DG-053, de fecha 06 de junio de 2017, del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO); y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta C/DG-053, de fecha 06 de junio de 2017, el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), cursa invitación al Ministro de Agricultura y Riego de la República del Perú, para participar en el 40° Período de Sesiones de la Conferencia de la FAO, a realizarse en la ciudad de Italia, República Italiana, del 03 al 08 de julio de 2017; Que, el objetivo del referido Período de Sesiones consiste, entre otros, en realizar un examen del estado de la alimentación y la agricultura, a través del tema "Cambio climático, agricultura y seguridad alimentaria", asunto de debate general de la mencionada Conferencia; Que mediante Hoja de Ruta N° 29010-2017-MINAGRIDM, de fecha 20 de junio de 2016, el Ministro de Agricultura y Riego comunica que al referido evento, lo acompañará la Ingeniera Noemí Elva Marmanillo Bustamante, Directora de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, teniendo en cuenta el interés institucional respecto de la participación de la Ingeniera Noemí Elva Marmanillo Bustamante, Directora de la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, en el citado evento, por cuanto brindará asistencia técnica al Ministro de Agricultura y Riego en la negociación y obtención de cooperación técnica y financiera, para el desarrollo de programas y proyectos de desarrollo agropecuario, con énfasis en los medianos y pequeños productores, resulta procedente autorizar el viaje de la mencionada directiva, a la ciudad de Roma, República Italiana, del 01 al 09 de julio de 2017; Que, los gastos por concepto de pasajes y viáticos respecto del viaje serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,

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