Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2017 (29/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 29 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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08.1 del citado Lineamiento, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, diseña estrategias, herramientas técnicas e indicadores, que contribuyen a una mejora en la ejecución de recursos públicos en las universidades públicas y el incremento del mismo basado en resultados institucionales y académicos de calidad; Que, el literal a) del numeral 29.1 del artículo de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza, al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las universidades públicas que se encuentren en proceso de constitución o hayan concluido con el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública al que se refiere el artículo 29 y la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, respectivamente, hasta por el monto de S/ 240 000 000,00 (DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para, entre otros, la aplicación de los mecanismos y herramientas técnicas que incentivan o fomentan la mejora de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo, que comprenden los de investigación y licenciamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, previa suscripción de convenio, y de acuerdo a los mecanismos y condiciones para la selección de universidades que apruebe mediante Resolución el Ministerio de Educación para el efecto; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, el Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación, delegó en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017, entre otras, la facultad de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de competencia del Despacho Ministerial; Que, en este marco, mediante Resolución de Secretaría General Nº 085-2017-MINEDU, se establece la asignación de recursos como mecanismo para el mejoramiento de la calidad y el logro de resultados del servicio educativo de la Educación Superior Universitaria al cual se ha denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria" así como las condiciones para la selección de universidades y la suscripción de los respectivos convenios; asimismo, se aprueba la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria"; Que, mediante Informe Nº 132-2017-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria sustenta y solicita modificar la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria"; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, mediante el Informe Nº 0026-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, sustenta y propone realizar precisiones y modificaciones a la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria" a fin de: i) Modificar el indicador del Compromiso Nº 15, ii) Modificar la fecha de cumplimiento del Compromiso 21, iii) Modificar el Anexo 4 de la citada Norma Técnica en lo que se refiere a los recursos a transferirse en el Tramo 3; Con el visado del Secretario General, de la Viceministra de Gestión Pedagógica, de la Directora General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, de la Jefa de la Unidad de Financiamiento por Desempeño y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 3042012-EF y sus modificatorias; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, por la que se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el indicador del Compromiso Nº 15 Cumplimiento de Meta de Ejecución Presupuestal del Tramo 3; y, la fecha de cumplimiento del Compromiso Nº 21 Actualización de documentos de gestión: Manual de Perfiles de Puestos (MPP) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Tramo 4 del Anexo Nº 2 Fichas Técnicas de Actividades de los Compromisos de Gestión, condiciones e Indicadores para su Evaluación (Incluye el Formato para la Presentación del Plan de Uso de Recursos); de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 085-2017-MINEDU; de acuerdo al siguiente detalle: "15. Cumplimiento de Meta de Ejecución Presupuestal (...)
f. Indicador Devengado Presupuesto Institucional Modificado (PIM) sin considerar recursos adicionales transferidos por el MINEDU durante el presente año fiscal 2017 Para el cálculo del numerador se considera el monto devengado de la universidad entre el presupuesto institucional modificado (PIM) sin considerar recursos adicionales transferidos por el MINEDU durante el presente año fiscal 2017. El resultado establecerá el porcentaje de avance de ejecución presupuestal.

(...)" "21. Actualización de documentos de gestión: Manual de Perfiles de Puestos (MPP) y cuadro para Asignación de Personal (CAP) (...) e. Fecha de cumplimiento 31 de diciembre del 2017. (...)" Artículo 2.- Modificar el numeral 3 del Anexo Nº 4: Metodología de cálculo del monto máximo asignable para el Tramo 3 de la Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado "Compromisos de Gestión para la Mejora de la Calidad y el Logro de Resultados del Servicio Educativo de la Educación Superior Universitaria", de acuerdo al siguiente detalle "ANEXO Nº 4 METODOLOGÍA DE CÁLCULO DEL MONTO MÁXIMO ASIGNABLE PARA EL TRAMO 3 (...) 3. Para cada universidad que participa en el Tramo III, se estiman los siguientes indicadores, con fecha de corte 30 de junio de 2017 sin considerar las transferencias de recursos adicionales al presupuesto institucional de las universidades públicas transferidos por el Ministerio de Educación: a) Indicador 1: Porcentaje de ejecución de la Genérica de Gasto 3: Bienes y Servicios de 2017. Incluye gastos por concepto de adquisición de bienes

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