Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2017 (06/03/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

4

NORMAS LEGALES

Lunes 6 de marzo de 2017 /

El Peruano

Designan Directora del Sistema Administrativo II de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2017-PCM Lima, 3 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Directora del Sistema Administrativo II de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta necesario designar al funcionario que desempeñará el citado cargo, debiendo expedirse el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE Artículo Único.- Designar a la señora ROCÍO DEL CARMEN ROBLES HERRAN, en el cargo de Directora del Sistema Administrativo II de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1493210-2

AGRICULTURA Y RIEGO
Reconocen 24 Comités de Gestión Regional Agrarios como mecanismos de articulación y coordinación intergubernamental entre el Ministerio y los Gobiernos Regionales y Locales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0075-2017-MINAGRI Lima, 3 de marzo de 2017 VISTA: La Nota N° 063-2017-MINAGRI-DVPA-DGAI/DG, de la Dirección General de Articulación Intergubernamental, sobre la propuesta de reconocimiento de los Comités de Gestión Regional Agrarios; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 188 de la Constitución Política del Perú la descentralización constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; se configura como un proceso que se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el numeral 49.1 del artículo 49 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que el gobierno nacional y los gobiernos regionales y locales

mantienen relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, en forma permanente y continua, dentro del ejercicio de su autonomía y competencias propias, articulando el interés nacional con los de las regiones y localidades; Que, el numeral 23.3 del artículo 23 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisa que para el ejercicio de las competencias compartidas, en las funciones que son materia de descentralización, corresponde a los Ministerios, entre otras, coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de las políticas nacionales y sectoriales, y evaluar su cumplimiento; así como prestar apoyo técnico a los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuado cumplimiento de las funciones descentralizadas; Que, en el marco del Eje de Política 8 ­ Desarrollo de Capacidades de la Política Nacional Agraria, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI, mediante Resolución Ministerial N° 0019-2017-MINAGRI, se aprobó la Estrategia de la Plataforma de Servicios Agrarios del Sector Agricultura y Riego ­ SERVIAGRO, a nivel nacional, como instrumento de política agraria, en el marco del rol rector del Ministerio de Agricultura y Riego; precisándose en el artículo 3 que SERVIAGRO opera a nivel nacional, en coordinación con los tres niveles de gobierno, a través de los Comités de Gestión Regional Agrarios, o el que haga sus veces, como espacio de articulación y coordinación regional, liderado por la Gerencias Regionales Agrarias (GRA) o las Direcciones Regionales Agrarias (DRA); Que, mediante el Informe N° 0005-2017-MINAGRIDVPA-DGAI/DGD-NARV, acompañado a la Nota de Vista, la Dirección General de Articulación Intergubernamental ha sustentado la necesidad de reconocer los veinticuatro (24) Comités de Gestión Regional Agrarios, con el objeto de contar con un espacio de articulación intergubernamental reconocido que coordine las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos en el territorio hasta llegar al usuario final (principalmente pequeños productores), e implemente herramientas de gestión que permita proveer de servicios básicos de calidad óptima a los referidos usuarios, constituyéndose en la instancia que opere la Estrategia de la Plataforma de Servicios Agrarios del Sector Agricultura y Riego ­ SERVIAGRO y los Convenios de Gestión y otros acuerdos bilaterales entre el MINAGRI y los gobiernos regionales y locales, según el caso; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconocer a los veinticuatro (24) Comités de Gestión Regional Agrarios, que aparecen en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución, como mecanismos de articulación y coordinación intergubernamental entre el Ministerio de Agricultura y Riego y los Gobiernos Regionales y Locales, según el caso. Artículo 2.- El Ministerio de Agricultura y Riego aprobará el Reglamento de los Comités de Gestión Regionales Agrarios en un plazo no mayor a los treinta (30) días calendario computados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.-.Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1492634-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.