Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2017 (06/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Lunes 6 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
VISTO:

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la Propuesta del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche, para aprobación respectiva del Concejo Municipal; la cual fuera previamente validada por el Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche; que con el Informe N° 332-2016-GAJ/MDMP, de fecha 27.12.2016 suscrito por el Gerente de Asesoría Jurídica, opina que es PROCEDENTE, la aprobación del Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche, y se eleve al Concejo Municipal para su reconocimiento; Que, los objetivos del presente Reglamento son: establecer mecanismos que regulan la organización y funciones que corresponden al Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche y propone los lineamientos específicos que permitan realizar los procesos de reempadronamiento de beneficiarios, acorde a los sustentos legales que rigen el funcionamiento del Programa del Vaso de Leche, promoviendo la participación vecinal. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 expresa que las Ordenanzas, en las materias de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. En atención a las atribuciones conferidas por los artículos 9º inciso 3) y 20º inciso 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y, con el voto UNÁNIME de los regidores que conforman el Concejo, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA VASO DE LECHE DEL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN y FUNCIONES del COMITÉ de ADMINISTRACIÓN del PROGRAMA VASO de LECHE de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, el mismo que consta de cuarenta y dos (42) artículos, dos disposiciones complementarias, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Subgerencia de Programas Alimentarios, así como a los integrantes del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, al Órgano Ejecutor del Programa Vaso de Leche, Comités de Vaso de Leche y demás autoridades e instituciones involucradas, para los fines consiguientes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaria General disponga la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la difusión de la presente norma a través del Portal Web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1492701-2

En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el proveído N° 0114-2017/GM, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 022-2017-MDMP-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 003-2017-MDMP-GAT, suscrito por el Gerente de Administración Tributaria, a través del cual presenta el Proyecto de Ordenanza que establece el pago mínimo del impuesto predial y aprueba el cronograma de pago 2017 y el Dictamen N° 02-2017-CEAPP-MDMP, de la Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, con informe N° 003-2017-MDMP-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria señala lo que a continuación se enuncia: - El Impuesto Predial.- Es aquel tributo que se aplica al valor de los predios urbanos y rústicos. Se consideran predios a los terrenos, las edificaciones (casas, edificios, etc.) e instalaciones fijas y permanentes (piscina, losa, etc.) que constituyen partes del mismo, que no puedan ser separados sin alterar, deteriorar o destruir la edificación. Siendo una obligación legal y pecuniaria exigido por el estado. - Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 039MDMP, ratificada por el Concejo Provincial del Callao con Acuerdo de Concejo N° 098-2016, se aprueba EL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2017 EN EL DISTRITO DE MI PERÚ. Sin embargo, para la aperturar la cobranza por impuesto predial 2017 es necesario contar con: · Aprobación de la Ordenanza, que establece el pago mínimo del Impuesto predial y aprobación del cronograma de pago para el Impuesto Predial 2017. - Por tanto, remito para su aprobación la propuesta de "ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PAGO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL Y APRUEBA CRONOGRAMA DE PAGO PARA EL AÑO 2017". - Mediante el cual se propone: · Establecer monto mínimo del Impuesto Predial.El importe equivalente al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente para el ejercicio 2017. (Art 13 TUO de la Ley Tributación Municipal D.S. N° 156-2004-EF) · Establecer Vencimiento para el pago del Impuesto Predial.- Las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial 2017, serán las siguientes: o Pago al contado : 31 de Mayo o Pago Fraccionado - Primera cuota - Segunda Cuota - Tercera Cuota - Cuarta Cuota : 28 de Febrero : 31 de Mayo : 31 de Agosto : 30 de Noviembre

Establecen el pago mínimo del Impuesto Predial y aprueban cronograma de pago para el año 2017
ORDENANZA Nº 005-MDMP Mi Perú, 27 de febrero de 2017. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ.

- Interés Moratorio.- Los pagos que se efectúen con posterioridad a las fechas antes señaladas, estarán sujetas al interés moratorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 33 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-EF-99. - Prorroga plazo de Vencimiento En los casos que por disposición legal se declare días no laborables, las fechas de vencimiento se entenderán prorrogadas al día siguiente hábil. Que, habiendo sido revisado y evaluado el Proyecto de Ordenanza que establece el pago mínimo del impuesto predial y aprueba el cronograma de pago 2017, la Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto, mediante Dictamen N° 002-2017-CEAPPMDMP, por los argumentos allí señalados, dictaminaron por aprobar el precitado proyecto de ordenanza. Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la

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