Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2017 (06/03/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 6 de marzo de 2017 /

El Peruano

conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856 Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 06 al 10 de marzo de 2017, con la finalidad de participar en una Mesa de Trabajo sobre el Desarrollo de Doctrina de Operaciones de Estabilización con el Ejército del Perú para el establecimiento de una Brigada para participar en operaciones de estabilización con las Naciones Unidas o con los Estados Unidos de América. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo previsto en la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1492911-3

Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá tomar conocimiento de los últimos alcances en lo que respecta a nuevos servicios de señalización marítima mundial, instalaciones y mantenimiento de faros, boyas y otras ayudas a la navegación marina; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno DOS (2) días después del evento; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Víctor Enrique MURILLO Miletich, CIP. 00819529, DNI. 07900566, quien ha sido designado para que participe en la Vigésima Sesión de la Reunión del Comité sobre Navegación Electrónica (ENAV-20) de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA), en la ciudad de Saint-Germain-en-Laye, República Francesa, del 13 al 17 de marzo de 2017; así como, autorizar su salida del país el 11 y su retorno el 19 de marzo de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Saint-Germain-en-Laye (República Francesa) - Lima US$. 2,010.41 US$. 2,010.41 Viáticos: US$. 540.00 x 5 días TOTAL A PAGAR: US$. US$. 2,700.00 4,710.41

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2017 DE/MGP Lima, 28 de febrero de 2017 Visto, el Oficio P.200-0441 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 10 de febrero de 2017; CONSIDERANDO: Que, la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA), fue creada en el año 1957 y es una asociación internacional de carácter técnico, no gubernamental, sin fines de lucro, que reúne a la mayoría de los servicios de señalización marítima del mundo, fabricantes y consultores de todas partes del planeta, responsables de las instalaciones y mantenimiento de los faros, boyas y otras ayudas a la navegación marina, ofreciéndoles la oportunidad de comparar sus experiencias y logros; Que, la referida Asociación Internacional, ha cursado invitación a los miembros del Comité sobre Navegación Electrónica (ENAV), para que participen en la Vigésima Sesión de la Reunión del Comité sobre Navegación Electrónica (ENAV-20), a realizarse en la ciudad de Saint-Germain-enLaye, República Francesa, del 13 al 17 de marzo de 2017; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2017, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior, para que participe en la mencionada actividad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Víctor Enrique MURILLO Miletich, quien ha sido designado para que participe en la Vigésima Sesión de la Reunión del Comité sobre Navegación Electrónica (ENAV-20) de la Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros (IALA), en la ciudad de Saint-Germain-en-Laye, República Francesa, del 13 al 17 de marzo de 2017; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1492199-1

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