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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2017 (16/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2017 El Peruano / N° APELLIDOS NOMBRES ESPECIALIDAD 10 ELORRIETA TORRES GLADYS ESTHER CONTABILIDAD 11 GARCIA PIEROLA LUZ MARIA CONTABILIDAD 12 JAUREGUI FLORES PEDRO POLICARPIO CONTABILIDAD 13 PURIZAGA IZQUIERDO GLADYS ELIZABETH CONTABILIDAD 14 RAMON RUFFNER JERI GLORIA CONTABILIDAD 15 ROMERO LIMACHI FELIX DIONISIO CONTABILIDAD 16 ROSALES BENAVIDES BERTHA CONSUELO CONTABILIDAD 17 SICCHA MACASSI LUPE ELIZABETH CONTABILIDAD 18 TURIN CHUQUIMANTARI ROSA LUZ CONTABILIDAD 19 VALDEZ CARRILLO JUAN ISTVAN CONTABILIDAD 20 VILLAVICENCIO LOPEZ MIGUEL ANGEL CONTABILIDAD 21 ZAVALA PAUCAR GUILLERMINA CONTABILIDAD Artículo Tercero.- ESTABLECER que los peritos judiciales mencionados en el artículo primero y segundo, se encuentran habilitados para ser designados o nombrados como tales, en el Distrito Judicial del Callao, durante el presente año judicial 2017. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución, en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la O fi cina de Imagen Institucional, de los señores Magistrados de este Distrito Judicial y del Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1497480-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Modifican el TUPA de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO DE ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-0221-2017-UNSAAC. Cusco, 16 de febrero de 2017 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el O fi cio Nro. 028-DP-2017-UNSAAC registrado con el Expediente Nº 702338 cursado por el DR. ROGER VENERO GIBAJA, Director de Plani fi cación de la Institución, solicitando modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, y; CONSIDERANDO: Que, obra en autos el O fi cio Nro. 20-2017-DP/ UOM-UNSAAC, cursado por la Jefe de la Unidad de Organización y Métodos de la Dirección de Plani fi cación a través del cual mani fi esta que la Directora General de Admisión mediante O fi cio N° 0999-2016-DGA- UNSAAC solicita la modi fi cación y/o actualización de los procedimientos tramitados en la Dirección General de Admisión de acuerdo a la normatividad vigente; Que, en ese sentido el Director de Plani fi cación de la Institución a través del expediente del visto solicita modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de los siguientes trámites y/o procedimientos:1. Concurso de Admisión al Pre-Grado 1.1. Primera Oportunidad1.2. Admisión Ordinario1.3. CEPRU UNSAAC 2. Excepciones a Concurso de Admisión al Pre – Grado 2.1. Dos Primeros Puestos de Educación de la Región de Cusco 2.2. Deportistas Cali fi cados 2.3. Personas con Capacidad2.4. Víctimas del Terrorismo2.5. Convenios Aprobados por Consejo Universitario 3. Constancia de Ingreso 4. Duplicado de Carne de Postulante PROCEDIMIENTOS TRAMITADOS A CARGO DE FACULTADES: 5. Titulados y Graduados 6. Traslados Externos Que al respecto la Ley Universitaria N° 30220 en el artículo 98° literalmente expresa sobre el proceso de Admisión dando facultad a las universidades establecer las modalidades y reglas, así como las excepciones al proceso ordinario de admisión; Asimismo el Decreto Legislativo N° 1246, aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa, disponiendo la interoperabilidad entre entidades de la Administración Pública a fi n de facilitar y agilizar la tramitación de sus procedimientos administrativos, como también prohíbe las exigencias de copias de Documento Nacional de Identidad, copias de Partidas de Nacimiento o de Bautizo cuando se presenta el DNI, excepto en los procedimientos donde resulte necesario para acreditar la fi liación, así como también prohíbe la legalización notarial de fi rmas salvo dados por Ley expresa, etc; Que, con fecha 21 de diciembre de 2016 se publica el Decreto Legislativo N° 1272 que modi fi ca la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley N° 29060 Ley del Silencio Administrativo con la fi nalidad de simpli fi car, optimizar y eliminar procedimientos administrativos; priorizar y fortalecer las acciones de fi scalización posterior y sanción incluyendo la capacidad operativa para llevarlas a cabo y el uso de las tecnologías de la información que coadyuvan al fortalecimiento institucional y la calidad en el servicio al ciudadano; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General señala que toda modi fi cación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar por resolución del titular, conforme a la Constitución Política del Perú; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprobó la metodología de simpli fi cación administrativa a fi n de mejorar los procedimientos y servicios prestados en exclusividad; Que, asimismo indica que dicha modi fi cación debe ser publicada en el Diario O fi cial el Peruano y difundida en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) y en el respectivo Portal Institucional, conforme al Art. 38.3 del Decreto Legislativo N° 1272; Estando a lo solicitado, Ley 30518, Ley 27444, D.L. N° 1272 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario y con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario; RESUELVE:Primero.- MODIFICAR el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO, aprobado por Resolución Nro. R-1696-2010-UNSAAC de 09 de septiembre de 2010 y modi fi cado por Resoluciones Nros. CU-049-2014-UNSAAC de 24 de febrero de 2014, CU-185-2016-UNSAAC de 30 de junio de 2016 y CU-0382-2016-UNSAAC de 22 de diciembre de 2016, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.