Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2017 (22/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 22 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 31 de enero de 2017, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Luis Enrique Ahumada Palomino postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Luis Enrique Ahumada Palomino, con matrícula número N-4517, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1498912-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 1076-2017 Lima, 13 de marzo de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Jorge Cesar Vargas Flores para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en las sesiones del 06 de octubre de 2016 y 07 de marzo de 2017, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Jorge Cesar Vargas Flores postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento de! Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013;

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Jorge Cesar Vargas Flores, con matrícula número N-4520, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1499118-1

Autorizan a EDPYME GMG Servicios Perú S.A. la apertura de oficina especial en el departamento de Tacna
RESOLUCIÓN SBS Nº 1067-2017 Lima, 10 de marzo de 2017 LA INTENDENTA GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por EDPYME GMG Servicios Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 y Resolución Administrativa Nº 2402013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar EDPYME GMG Servicios Perú S.A., la apertura de una (01) oficina especial, según el siguiente detalle:
Oficina especial Nº 46 Dirección Asociación de Vivienda Villa San Francisco Mz 96 Lote19 Distrito Gregorio Albarracin Lanchipa Provincia Departamento

Tacna

Tacna

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendenta General de Banca 1499152-1

Autorizan a Scotiabank Perú el traslado de agencia ubicada en departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1090-2017 Lima, 14 de marzo de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

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