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20 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de marzo de 2017 / El Peruano DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única .- El presente documento es de aplicación inmediata, de modo que las entidades públicas deberán adecuarse a las disposiciones previstas en este documento en la etapa y/o actividad en la que se encuentren. Aquellas etapas y/o actividades realizadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente documento surtirán plenamente todos sus efectos. 1499444-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2017 y aprueban formularios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 084-2017-INEI Lima, 15 de marzo de 2017Visto el O fi cio Nº 212-2017-INEI/OTED, de la O fi cina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicitando autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2017. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27563 se creó el Registro Nacional de Municipalidades, con la fi nalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, por Decreto Supremo Nº 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), disponiendo que el INEI estará a cargo de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades y establecerá los procedimientos para su actualización anual y permanente; Que, el artículo 15º del indicado Decreto Supremo, precisa que las municipalidades deben remitir al INEI la información durante el primer trimestre de cada año, correspondiente al período enero-diciembre del año anterior. Las unidades de estadística o el personal encargado de las municipalidades son responsables del diligenciamiento de los formatos del Registro y de la veracidad de los datos; Que, resulta pertinente autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2017, así como aprobar los formularios correspondientes, fi jando el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y de la O fi cina Técnica de Estadísticas Departamentales; la visación de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2017, actividad que se ejecutará a partir de 10 de abril 2017 y estará a cargo de la O fi cina Técnica de Estadísticas Departamentales del INEI. Artículo 2º.- Aprobar los Formularios 01 y 02, que forman parte de la presente Resolución, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2017, y serán remitidos a todas las municipalidades del país, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue, en la forma siguiente: Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales, el cual estará disponible en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante o fi cio dirigido al Alcalde. Asimismo, el formulario será remitido en versión impresa. Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, el cual será remitido en formato impreso. Artículo 3º.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados hasta el 12 de mayo 2017, los mismos que serán devueltos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática y, en los otros departamentos del país, a las O fi cinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyas direcciones se consignan en el Anexo adjunto. Artículo 4º.- Autorizar, a los Directores de las O fi cinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5 º.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D. S. Nº 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) ANEXO REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2017 Lugares de Distribución y Recepción de Formularios INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - LIMA SEDE CENTRAL Dirección: Av. Gral. Garzón Nº 658, Jesús María - Lima 11 Central Telefónica: 01 - 652-0000 / 203-2640 Anexos 9384, 9385 y 9387, Teléfono directo: 01- 203-9296 Correo electrónico: renamu@inei.gob.pe Ofi cinas Departamentales de Estadística e Informática – ODEI ODEI AMAZONAS Dirección: Jr. Amazonas Nº 417- ChachapoyasTeléfono: 041 - 477478 / 478129Correo electrónico: odei-amazonas@inei.gob.pe ODEI ÁNCASH - HUARAZ Dirección: Jr. Dámaso Antúnez Nº 723 Barrio de Belén – HuarazTeléfono: 043 - 421991Correo electrónico: odei-huaraz@inei.gob.pe OFICINA ZONAL DE ÁNCASH - CHIMBOTE Dirección: Urb. Los Pinos, Mz. A2 Lote 1 - ChimboteTeléfono: 043 - 323951Correo electrónico: odei-chimbote@inei.gob.pe ODEI APURÍMAC Dirección: Av. Circunvalación Nº 279(Referencia ex local de COFOPRI) – AbancayTeléfono: 083 - 321191 / 322030Correo electrónico: odei-apurimac@inei.gob.pe