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15 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de marzo de 2017 El Peruano / de coordinación con la fi nalidad de fi rmar un Convenio de Cooperación Académica y de Instrucción, que tiene como objeto establecer lineamientos y directivas generales para desarrollar mecanismos e instrumentos de mutua cooperación, con el propósito de llevar a cabo programas de apoyo recíproco en el ámbito académico, docente y de investigación, a fi n de contribuir en la mejora del nivel profesional de cadetes y alumnos de ambas entidades, así como para evaluar la propuesta técnica de los simuladores para mejorar las competencias de los O fi ciales Mercantes y gente de mar, por lo que es de interés institucional, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Jean Pierre Francois JAUREGUY Robinson, a la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 17 al 20 de abril de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar la participación del personal en mención, en la citada actividad, la misma que contribuirá a viabilizar programas de apoyo en bene fi cio de la calidad educativa de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; Que, conforme a la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de la O fi cina de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau, los gastos derivados por los viáticos y pasajes aéreos internacionales que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora 008: Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” y a lo acordado con el Ministro de Defensa y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Jean Pierre Francois JAUREGUY Robinson, identi fi cado con DNI N° 43313369 y CIP N° 01801703, Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, para que participe en las reuniones de coordinación con la fi nalidad de fi rmar un Convenio de Cooperación Académica y de Instrucción, que se realizará en la Escuela Nacional de Náutica “Manuel Belgrano” en la ciudad de Buenos Aires – República Argentina, del 17 al 20 de abril del 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima – Buenos Aires-Argentina - Lima US $. 470.00 x 1 persona (Incluye TUUA) = US $. 470.00 Viáticos US $ 370.00 x 4 días x 1 persona = US $. 1,480.00 TOTAL : US$. 1,950.00 Artículo 3.- El oficial comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047 - 2002 - PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1502288-1 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Bolivia y México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 329-2017-DE/SG Jesús María, 22 de marzo de 2017CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DSD) Nro. F-112, del 10 de marzo de 2017, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio nacional a dos (02) militares del Estado Plurinacional de Bolivia, sin armas de guerra; Que, con O fi cio S-200-SGFA-DIFA-Nº 0176, del 16 de marzo de 2017, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Estado Plurinacional de Bolivia, sin armas de guerra, del 03 al 07 de abril de 2017, con la fi nalidad de participar en la “VI Reunión Bilateral de Inteligencia” a realizarse en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aérea del Perú; y, de conformidad con la Ley Nº 27856 Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares del Estado Plurinacional de Bolivia, del 03 al 07 de abril de 2017, con la finalidad de participar en la “VI Reunión Bilateral de Inteligencia” a realizarse en la ciudad de Lima.