Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2017 (04/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 4 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas de los Bienes Inmuebles y de los Valores de las Tasaciones. Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas de los inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Construcción de la Segunda Calzada de la Carretera Puno­Juliaca, del Tramo 5: Matarani­Arequipa ­ Juliaca ­ Azángaro / Ilo ­ Moquegua ­ Puno­Juliaca", y los valores de las Tasaciones de los mismos, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, los montos de los valores de las Tasaciones a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados a favor del beneficiario. Disponer que el Registrador proceda al

levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las Partidas Registrales de los predios afectados. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas de los Bienes Inmuebles a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas de los inmuebles afectados, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas de los bienes inmuebles afectados, dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse los inmuebles desocupados, o treinta (30) días hábiles de estar ocupados o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXOS VALORES DE LAS TASACIONES DE LAS AREAS DE LOS TRES (03) INMUEBLES AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DE LA CARRETERA PUNO-JULIACA, DEL TRAMO 5: MATARANI ­ AREQUIPA ­ JULIACA ­ AZÁNGARO / ILO ­ MOQUEGUA ­ PUNO ­ JULIACA, DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO DEL SUR, PERÚ ­ BRASIL"
N° Sujeto Activo / Beneficiario Sujeto Pasivo CODIGO:AJP-T5-IRUP-015 Identificación del inmueble Área afectada: 68.00 m2 Tipo de afectación: Afectación parcial del terreno Valor de Tasación (S/)

Coordenadas UTM del área afectada Linderos y medidas perimétricas del área Distancia Vértice Lado afectada: (m) COLINDANTES DEL ÁREA AFECTADA · Por el norte: Colinda con camino carrozable, con 14.01 ml. · Por el Sur: Colinda con área remanente de U.C 156385, con 15.36 ml. NEIRA Ministerio de PAMPA, ELOY · Por el Este: Colinda con predio de U.C Transportes y CLAUDIO 156386, con 7.80 ml. Comunicaciones · Por el Oeste: Colinda con predio de U.C 156197, con 2.74 ml. A B C D E F G H Partida Electrónica N° 11188950 de la Oficina Registral de Juliaca, Zona Registral N° XIII Sede Tacna. Certificado de Búsqueda Catastral: Emitido con fecha 17.08.2016 (Informe Técnico N° 32732016-ZR N° XIII/UREG-ORJ-R) expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral Juliaca, de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-A 14.01 7.80 0.46 4.58 4.58 4.58 1.16 2.74 WGS 84 Este(X) 381464.2890 381477.8591 381480.3608 381479.9183 381475.4079 381470.8463 381466.2653 381465.1103 Norte(Y) 8278780.3780 8278783.8480 8278776.4646 8278776.5821 8278777.3849 8278777.8092 8278777.8520 8278777.7663 1,306.96

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