Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2017 (04/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 4 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Modifican la R.D. N° 154-2013-MTC/12, que otorgó permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo a TAM LINHAS AEREAS S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 190 - 2017-MTC/12 Lima, 31 de marzo del 2017 VISTO: La solicitud de TAM LINHAS AEREAS S.A. sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 1542013-MTC/12 del 16 de abril de 2013, modificada con Resolución Directoral Nº 082-2015-MTC/12 del 20 de febrero de 2015 y Resolución Directoral Nº 045-2016MTC/12 del 27 de enero de 2016, se otorgó Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo a TAM LINHAS AEREAS S.A., por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 17 de mayo del 2017; Que, con documento de Registro Nº T-261949-2016 del 23 de setiembre de 2016, precisado con documento de Registro Nº E-017904-2017 del 20 de enero de 2017, TAM LINHAS AEREAS S.A. solicitó la modificación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fin de incrementar rutas y frecuencias; Que, según los términos del Memorando Nº 26322016-MTC/12.LEG, Memorando Nº 125-2016-MTC/12. POA, Memorando Nº 024-2017-MTC/12.POA e Informe Nº 140-2017-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º, numeral 2) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica de Brasil ha designado a TAM LINHAS AEREAS S.A. para efectuar servicios de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales entre Perú y Brasil, ­en el extremo pertinente­ el artículo 1º de Resolución Directoral Nº 154-2013-MTC/12 del 16 de abril de 2013, modificada con Resolución Directoral Nº 082-2015-MTC/12 del 20 de febrero de 2015 y Resolución Directoral Nº 045-2016MTC/12 del 27 de enero de 2016, que otorgó Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional

Regular de pasajeros, carga y correo a TAM LINHAS AEREAS S.A., en los siguientes términos: RUTAS, FRECUENCIAS AEROCOMERCIALES: (Adicional a lo autorizado) Y DERECHOS

Con los derechos de tráfico establecidos para las rutas regionales en los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales entre Perú y Brasil: - SAO PAULO - LIMA - SANTIAGO DE CHILE y vv., con siete (07) frecuencias semanales. - RÍO DE JANEIRO - SANTIAGO DE CHILE - LIMA y vv., con siete (07) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 154-2013-MTC/12 del 16 de abril de 2013, modificada con Resolución Directoral Nº 082-2015-MTC/12 del 20 de febrero de 2015 y Resolución Directoral Nº 0452016-MTC/12 del 27 de enero de 2016, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1508296-1

Otorgan permiso de operación a LAN ARGENTINA S.A. para prestar servicio de aviación comercial de ámbito internacional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 192-2017-MTC/12 Lima, 31 de marzo del 2017 VISTO: La solicitud de LAN ARGENTINA S.A. sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 085-2013MTC/12 del 04 de marzo de 2013, modificada por Resolución Directoral N° 462-2016-MTC/12 del 01 de setiembre de 2016, se otorgó a LAN ARGENTINA S.A., la renovación de su Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 25 de enero de 2017; Que, con documento de Registro Nº T-328979-2016 del 07 de diciembre de 2016, precisado con documento de Registro N° E-001494-2017 del 03 de enero de 2017, LAN ARGENTINA S.A. solicitó la renovación del referido Permiso de Operación, por un nuevo plazo de cuatro (04) años; Que, según los términos del Memorando N° 27512016-MTC/12.LEG, en aplicación del artículo 75° numeral 3 de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, corresponde encauzar la solicitud de LAN ARGENTINA S.A., dándole el trámite de una solicitud de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, la Autoridad Aeronáutica de Argentina ha designado y otorgado a LAN ARGENTINA S.A., los derechos correspondientes para efectuar Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones

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