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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2017 (05/05/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2017 El Peruano / documentos públicos extranjeros, contener la apostilla a que se re fi ere el Convenio de la Apostilla de La Haya del 5 de octubre de 1961. Si los estudios o grados de Maestría en Derecho corresponden especí fi camente a la especialidad de la plaza a la cual se postula, se otorga un puntaje adicional de conformidad a las tablas de cali fi cación curricular. (...)”Artículo Segundo.- Modi fi car el artículo 37°, rubro I Formación Académico Profesional, numeral 3 Publicaciones, inciso c) Ensayos y artículos en materia jurídica, del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, en los siguientes términos: “Artículo 37º.- En el acto de la cali fi cación se procede a asignar un puntaje a cada documento que sustenta el currículum vitae del postulante, conforme a las tablas anexas que forman parte del presente Reglamento. Es responsabilidad del postulante acreditar los documentos materia de cali fi cación curricular conforme a lo establecido en el presente reglamento. Los méritos que corresponden cali fi car de acuerdo al nivel de la plaza se determinan en cada Tabla de Cali fi cación Curricular, las mismas que han sido elaboradas de acuerdo al per fi l del magistrado. Son materia de cali fi cación los siguientes documentos: I. FORMACIÓN ACADÉMICO - PROFESIONAL(...)3. PUBLICACIONES(...)c. Ensayos y artículos en materia jurídica Se otorga puntaje a los ensayos y artículos que tengan calidad relevante, sean cali fi cados como buenos y contengan referencias bibliográ fi cas que sustenten la argumentación expresada en el texto (nombre del autor, título de la obra, edición, publicación, año, volumen, página), además de haber sido publicados en revistas indexadas especializadas en Derecho que cuenten con un Comité Editorial. No constituyen referencias bibliográ fi cas aquellas que aluden a normas o jurisprudencia. Ambas se acreditan con la presentación del original de la publicación de carácter académico jurídico, debiendo ser de autoría individual. No se cali fi ca más de un ensayo o artículo por cada edición de la publicación respectiva. (...)”Artículo Tercero.- Disponer la modificación de los Anexos 1, 2, 3 y 4, correspondientes a las Tablas de puntaje para la calificación curricular del Reglamento de Concursos para el Acceso Abierto en la Selección y Nombramiento de Jueces y Fiscales, incorporándose en todas ellas la valoración de Grado de Doctor, Grado de Maestro y estudios académicos de Maestría y Doctorado en Derecho, a fin que se adecúen a las modificaciones dispuestas en la presente resolución, encargando a la Comisión Permanente de Selección y Nombramiento elabore la propuesta de nuevas tablas. Artículo Cuarto.- Lo dispuesto en la presente resolución rige desde el día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano y se aplica para los concursos de selección y nombramiento que se convoquen a partir de su vigencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUIDO AGUILA GRADOS Presidente 1515851-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Moquegua para realizar pasantía en el Reino Unido UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 125-2017-UNAM Moquegua, 30 de marzo de 2017VISTOS, O fi cio Nº 19-2017-VPI-UNAM, Proveído Nº 0978-2017-PRES, Proveído 376-2017-SEGE, Informe Nº 02-2017-VPI/UNAM, Informe Legal Nº 152-2017-UNAM, Hoja de Coordinación Nº 086-2017-ORH/DIGA/UNAM, sobre autorización de viaje al exterior de tres (03) Docentes: Mg. Elías Escobedo Pacheco, Mg. Maribel Rocío Pacheco Centeno, Ing. Rodolfo Rafael Sánchez Valencia; CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 19-2017-VPI-UNAM, de fecha 09 de marzo de 2017, la Vicepresidencia de Investigación de la Universidad Nacional de Moquegua hace de conocimiento de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, que el Departamento de Física de la Universidad de Cambridge -Reino Unido, a través del Laboratorio Cavendish de la Universidad de Cambridge - Reino Unido, extiende una invitación para que tres docentes ordinarios de la Universidad Nacional de Moquegua participen como Investigadores Visitantes, para colaborar con el Profesor Crispin Barnes, visita que estará sujeta a la obtención de certifi cado de patrocinio, a realizarse del 15 de Mayo al 15 de Junio de 2017 en dicha universidad pública inglesa, situada en la ciudad de Cambridge - Reino Unido; Que, la pasantía con fi nes de investigación tiene como objetivo que la Universidad de Cambridge del Reino Unido, proporcione el liderazgo académico y de investigación consolidando las relaciones internacionales como Universidad Pública Inglesa con la Universidad Nacional de Moquegua - Perú, así como incrementar y dinamizar la movilidad estudiantil y académica en el marco del Acuerdo de Colaboración de Investigación RG85120 suscrito entre ambas universidades; por tal motivo, y para a fi anzar el proceso de internacionalización de nuestra Universidad, resulta necesaria la participación como investigadores visitantes, de los tres (03) docentes ordinarios: Mg. Elías Escobedo Pacheco, Mg. Maribel Rocío Pacheco Centeno, y del Ing. Rodolfo Rafael Sánchez Valencia; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario O fi cial El Peruano; Que, es preciso indicar que los gastos que irroga dicha participación por concepto de Costo por derecho a postulación de la visa; Pasajes aéreos Tacna-Lima-Londres-Lima-Tacna, hospedaje y manutención; transporte interno en Cambridge; alojamiento y traslados internos, son asumidos por la Universidad de Cambridge - Reino Unido, en concordancia al Acuerdo de Colaboración de Investigación suscrito entre ambas Universidades, de fecha 04 de Mayo 2016;