Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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DECRETA:

NORMAS LEGALES

Jueves 11 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo 1.- Aprobación del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa "Turismo Emprende". Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa "Turismo Emprende", el cual consta de cinco (05) capítulos, veintiún (21) artículos y una (01) Disposición Complementaria Final, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1, son publicados en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe). Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo REGLAMENTO DEL PROGRAMA "TURISMO EMPRENDE" CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo La presente norma tiene por objetivo establecer las disposiciones reglamentarias para la implementación y el funcionamiento del Programa "Turismo Emprende" (en adelante el Programa), creado mediante Decreto Legislativo N° 1329, con el fin de promover la creación, desarrollo y consolidación de emprendimientos privados vinculados a la actividad turística que contemplan aspectos de conservación, uso sostenible y desarrollo económico. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente Reglamento es de aplicación a los órganos que gestionan el Programa, así como a las personas naturales y personas jurídicas, incluyendo las micro y pequeñas empresas vinculadas a la actividad turística, que participan y son beneficiarias del Programa. Artículo 3.- Finalidad del Programa El Programa tiene como finalidad promover la diversificación de la oferta turística en el Perú, en concordancia con el Pilar 2 "Diversificación y consolidación de la oferta turística", del Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, actualizado mediante Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR. Artículo 4.- Principios del Programa La operación y ejecución del Programa se rige por los siguientes principios: 4.1 Enfoque de demanda: El Programa busca priorizar áreas geográficas en base a propuestas orientadas a satisfacer una demanda turística actual o potencial identificada. 4.2 Imparcialidad: Las propuestas de emprendimiento son evaluadas en estricta aplicación del Reglamento y Bases del concurso, así como en atención a los criterios técnicos que permitan determinar objetivamente el tratamiento equitativo a los participantes. 4.3 Pluralidad: El Programa busca crear mecanismos que faciliten la participación de la mayor cantidad de personas naturales y jurídicas, incluyendo las micro y pequeñas empresas.

4.4 Sustentabilidad: Las propuestas de emprendimiento deben fomentar el aprovechamiento y conservación de los recursos naturales y culturales. Artículo 5.- Definiciones Para efectos del presente entenderse por: Reglamento debe

5.1 Beneficiarios: Personas naturales y jurídicas, ganadores del concurso, que firman un Convenio de Financiamiento y/o Cofinanciamiento con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, luego de haber participado en la convocatoria y ser seleccionados conforme a lo establecido en el presente Reglamento y Bases del concurso. 5.2 Conservación: Acción de mantener o cuidar la permanencia e integridad de los recursos culturales, naturales y del entorno en su conjunto. 5.3 Desarrollo económico: Acciones que conllevan al crecimiento y bienestar económico de los ciudadanos de un país, región o localidad determinada. 5.4 Diversificación de la oferta turística: Desarrollo de nuevos productos y servicios que satisfagan las necesidades de los turistas que buscan nuevas experiencias. 5.5 Emprendimiento turístico: Negocio vinculado al desarrollo de productos y servicios turísticos. 5.6 Informe Anual: Instrumento a través del cual el MINCETUR realiza el monitoreo y seguimiento financiero de los recursos otorgados, a efectos de evaluar el cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados. 5.7 Informe de los resultados alcanzados y beneficios generados: Instrumento mediante el cual el MINCETUR, al quinto año de creado el Programa, evalúa los resultados alcanzados y beneficios generados durante los cuatro (04) años de vigencia del referido Programa. 5.8 Informe Final de Rendición de Cuentas: Documento elaborado por los beneficiarios para su remisión a la Secretaría Técnica en el que se detalla los resultados obtenidos a la conclusión de la ejecución del emprendimiento, conforme a las condiciones pactadas en el Convenio de Financiamiento y/o Cofinanciamiento. 5.9 Localización: Es el espacio geográfico delimitado, considerado para el desarrollo de actividades turísticas. 5.10 Oferta turística: Conjunto de productos y servicios turísticos puestos a disposición del usuario o turista en un destino determinado, para su disfrute y consumo. 5.11 Organización No Gubernamental de Desarrollo: Personas jurídicas sin fines de lucro constituidas en el Perú e inscritas en el respectivo registro institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, cuya finalidad es la ejecución de intervenciones orientadas al desarrollo nacional con financiamiento de la cooperación técnica internacional en una o más de sus modalidades. 5.12 Participantes: Personas naturales y jurídicas, incluyendo las micro y pequeñas empresas, que postulan al Programa ante la existencia de una convocatoria y cumplen con los requisitos establecidos en el presente Reglamento y las Bases del concurso. 5.13 Propuesta de Emprendimiento: Es el proyecto privado que contempla el detalle operativo necesario para la gestión del emprendimiento turístico, que todos los participantes deben presentar en los concursos convocados por el MINCETUR, en el marco del presente Reglamento y Bases del concurso. 5.14 Reporte de Gastos: Documento elaborado por los beneficiarios una vez ejecutado los gastos con cargo a cada uno de los desembolsos efectuados y pactados en los plazos y oportunidades establecidos en el Convenio de Financiamiento y/o Cofinanciamiento suscrito, el que debe estar acompañado de las boletas de transferencia bancaria y comprobantes de pago que sustenten los gastos y declaración de los saldos a favor, conforme a lo establecido en el Convenio y demás disposiciones sobre la materia. 5.15 Subvención: Aporte económico que otorga el MINCETUR a los beneficiarios del Programa para el financiamiento y/o cofinanciamiento de los emprendimientos vinculados a la actividad turística.

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