Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2017 (11/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 11 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES
DECRETA:

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Decreto Supremo que declara de Interés Nacional la realización de la Feria Expoalimentaria
DECRETO SUPREMO Nº 006-2017-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Feria "Expoalimentaria", se realiza en Lima desde el 2009, y presenta una completa exhibición de productos agrícolas, agroindustriales, pesqueros, maquinarias, equipos, servicios, envases y embalajes para la industria, entre otros; Que, la referida Feria ha adquirido una mayor importancia con el transcurrir de los años, siendo que para su edición en el 2016, registró una asistencia de 145 expositores provenientes de 16 países, 2,123 compradores internacionales y 3,429 visitantes internacionales provenientes de América del Sur, América del Norte y Europa; Que, en ese sentido, la Feria Expoalimentaria se ha convertido en una plataforma de negocios especializada, que contribuye a la promoción y posicionamiento de la oferta exportable peruana de bienes y servicios en los mercados internacionales, así como, indirectamente, a la generación de empleos, motivo por el cual es considerada como un referente en el calendario alimenticio, para los inversionistas y compradores de los grandes mercados; Que, dada la importancia de la Feria Expoalimentaria, así como de sus actividades, eventos conexos y demás reuniones que correspondan, y con el fin de asegurar las condiciones necesarias para el óptimo desarrollo de la misma, el Estado peruano, debe facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes y bienes, incluidos los bienes para consumo, en el marco de lo previsto en la Ley N° 29963 ­ Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, la cual exige que el referido evento sea declarado como tal por el Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, la realización de la Feria Expoalimentaria se encuentran a cargo de la Asociación de Exportadores del Perú, sin financiamiento por parte del sector de Comercio Exterior y Turismo y, por ende, su preparación y ejecución no demandará recursos adicionales al tesoro público; Que, en virtud de lo previamente expuesto, resulta prioritario declarar de interés nacional la realización de la Feria Expoalimentaria a realizarse del 27 al 29 de setiembre del 2017, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Mincetur define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior. Asimismo, de conformidad con los literales a) y c) del artículo 4 de la citada Ley, son objetivos del Mincetur obtener las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada inserción del país en los mercados internacionales; Que, asimismo, el referido evento se enmarca dentro de lo dispuesto en el Objetivo Estratégico N° 2.2 del Pilar N° 2 del Plan Estratégico Nacional Exportador ­ PENX 2025 aprobado mediante Resolución Ministerial N° 377-2015-MINCETUR, el cual se encuentra referido a la diversificación de la oferta exportable competitiva y sostenible; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de la Feria Expoalimentaria a llevarse a cabo del 27 al 29 de setiembre de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú, así como sus actividades, eventos conexos y demás reuniones que correspondan. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1519266-1

Autorizan viaje de representante del MINCETUR a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2017-MINCETUR Lima, 5 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo, en concordancia con la política general del Estado y en coordinación con los sectores e instituciones vinculados a su ámbito; así como representar al país en los foros y organismos internacionales de comercio, turismo, cooperación económica y esquemas de integración y actuar como órgano de enlace entre el Gobierno Peruano y los organismos internacionales de integración y de comercio internacional, en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2015-MINCETUR, señala que son funciones y atribuciones del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, entre otras, el orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional de comercio exterior, en armonía con la política general del Estado, los planes de Gobierno, supervisando su aplicación; así como, definir, dirigir, ejecutar y supervisar la política de transparencia de las medidas que afecten el comercio exterior, asegurando su coherencia con los compromisos comerciales internacionales y de integración comercial; Que, la OCDE ha lanzado una iniciativa sobre Cadenas Globales de Valor (CGV) en el marco de la implementación de la Estrategia de Desarrollo de la OCDE, la cual tiene como objetivo mejorar la evidencia para la formulación de políticas e identificar buenas prácticas de política a través del intercambio de conocimientos y el aprendizaje entre iguales a través del diálogo sobre políticas y el intercambio de conocimientos entre los países miembros y no miembros de la OCDE, para promover el desarrollo mediante la transformación y mejora de la producción; iniciativa de la cual el Perú es parte desde el 2014, manteniendo una participación activa que permiten la integración del Perú en las Cadenas Regionales de Valor; Que, la OCDE ha cursado la invitación a nuestro país, para participar en las dos Reuniones Plenarias de la mencionada iniciativa programadas para el año 2017, a realizarse en mayo y noviembre, la agenda incluye temas de especial interés para el sector, como las estrategias nacionales para la transformación de la

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