Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2017 (13/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Sábado 13 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Cuarto. Que, consecuentemente, en ejercicio del control de legalidad, conferido por el Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, se encuentra justificada la ratificación de la resolución administrativa antes mencionada; por tratarse de una petición sustentada en razones de salud. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 371-2017 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con el informe del señor Lecaros Cornejo. Por unanimidad, SE RESUELVE: Primero.- Ratificar la Resolución Administrativa N° 009-2017-P-CED-CSJCU-PJ, del 9 de marzo de 2017, expedida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que declaró fundado el pedido de traslado formulado por la señora Lizbeth Nohemí Yépez Provincia, por razones de salud, del cargo de Juez del Juzgado Penal Permanente de la Provincia de Quispicanchi e Itinerante en la Provincia de Canas, Distrito Judicial de Cusco, al cargo de Juez del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente con sede en la Provincia de Cusco, del mismo Distrito Judicial. Segundo.- Comunicar el traslado de la mencionada jueza al Consejo Nacional de la Magistratura, para que proceda conforme a sus atribuciones. Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Cusco, jueza recurrente; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1520049-2 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 166-2017-CE-PJ Lima, 3 de mayo de 2017 VISTA: La solicitud de traslado presentada por la señora Yeny Yábar Meza, en su condición de cónyuge del señor doctor Rómulo Víctor Velasco Chávez, Juez titular del Juzgado Mixto de Urubamba, Distrito Judicial de Cusco. CONSIDERANDO: Primero. Que la señora Yeny Yábar Meza, en su condición de de cónyuge del señor doctor Rómulo Víctor Velasco Chávez, Juez titular del Juzgado Mixto de Urubamba, Distrito Judicial de Cusco, solicitó el traslado de su esposo al Segundo Juzgado de Trabajo con sede en la ciudad de Cusco, del mismo Distrito Judicial, por la causal de unidad familiar; sustentando su pretensión con los siguientes argumentos: i) El matrimonio tiene dos menores hijos, una niña y un niño de 13 y 11 años de edad, respectivamente. ii) Mediante Resolución N° 732-2003-CNM, del 13 de noviembre de 2003, el Consejo Nacional de la Magistratura nombró a su cónyuge, el doctor Rómulo Víctor Velasco Chávez, como Juez del Juzgado Mixto de Urubamba, desempeñándose a la fecha como Juez Superior provisional de la Sala Mixta Liquidadora y de Apelaciones de Canchis, Sicuani, Corte Superior de Justicia de Cusco.

iii) Manifiesta que su esposo ha sido comprendido en la Convocatoria N° 003-2012-CNM del proceso de evaluación y ratificación integral de jueces, siendo ratificado por unanimidad como consta de la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 510-2013CNM, de fecha 20 de agosto de 2012. iv) Señala que su cónyuge cumple con todos los requisitos exigidos para el traslado de jueces, conforme a lo previsto en la Resolución Administrativa N° 267-2011-CE-PJ, que modificó el artículo 25° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial. De otro lado, en la misma solicitud la recurrente se opone a cualquier trámite distinto al de traslado presentado por cualquier otro juez dirigido a adjudicarse dicho juzgado, señalando como fundamentos: a) Sólo es procedente el traslado por las causales previstas en el Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial. b) No se puede admitir solicitudes de traslados de juzgados que están en la misma ciudad; y, c) De haber otro trámite conforme al Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial, solicita se privilegie el de su cónyuge. Segundo. Que, evaluada la petición formulada, mediante Resolución Administrativa N° 10-2013-CEDCSJCU-PJ, del 5 de setiembre de 2013, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del Cusco declaró fundado el pedido formulado por la señora Yeny Yábar Meza, sobre traslado definitivo por unidad familiar de su cónyuge doctor Rómulo Víctor Velasco Chávez, Juez titular del Juzgado Mixto de Urubamba, a la plaza vacante de Juez Especializado del Segundo Juzgado de Trabajo de Cusco, lo que se sustenta básicamente en los siguientes fundamentos: i) El mencionado juez y su familia han establecido su domicilio en la ciudad de Urubamba, del año 2003 al 2010; sin embargo, posteriormente, a partir del año 2010 su familia ha establecido su domicilio en la ciudad de Cusco, por lo que sus menores hijos vienen estudiando en dicha ciudad. ii) Ello demuestra que la familia del Juez Velasco Chávez, fundamentalmente por la educación de sus menores hijos, se ha visto obligada a fijar su domicilio en la ciudad de Cusco. iii) Se ha cumplido con los requisitos previstos en el artículo 25° del Reglamento de Traslados de Jueces del Poder Judicial; y, iv) Existe informe favorable de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sobre las condiciones del despacho judicial, funcionamiento y producción jurisdiccional del Juzgado Mixto de Urubamba, en los meses de noviembre y diciembre de 2012; y, v) Mediante Informe N° 0541 del 27 de mayo de 2013, el Asistente de la Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, indica que la plaza correspondiente al cargo de Juez Especializado del Segundo Juzgado de Trabajo de Cusco, no se encuentra asignado a juez titular. Tercero. Que, posteriormente, la señora Yábar Meza solicita a la Presidencia de este Órgano de Gobierno se apruebe la petición de traslado de su cónyuge, el Juez Mixto Rómulo Víctor Velasco Chávez, señalando que dicha petición fue aprobada mediante Resolución Administrativa N° 10-2013-CED-CSJCU-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la citada Corte Superior, y que cumple con los requisitos establecidos en la ley; agregando que su no atención posterga el derecho de sus menores hijos y de ella misma a estar junto a su padre y esposo, respectivamente, poniendo en riesgo la estabilidad de su familia. Cuarto. Que, no obstante lo peticionado por la recurrente, con fecha 12 de diciembre de 2014, la señora Yeny Yábar Meza y su esposo Rómulo Víctor Velasco Chávez, solicitan el cambio de plaza de destino al Juzgado Constitucional y Contencioso Administrativo de la misma Corte Superior, al haber sido cubierta la

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