Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2017 (13/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 13 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Proceso Inmediato 2° Juzgado Penal Unipersonal 3° Juzgado Penal Unipersonal 4° Juzgado Penal Unipersonal Juzgado Penal Colegiado de Proceso Inmediato, integrado por: 2° Juzgado Penal Unipersonal 3° Juzgado Penal Unipersonal 4° Juzgado Penal Unipersonal Artículo Segundo.- DISPONER que para los casos de inhibición, recusación o nulidad, se redistribuirán los procesos de manera aleatoria entre todos los juzgados de investigación preparatoria y todos los juzgados penales unipersonales, según corresponda su naturaleza. Artículo Tercero.- DISPONER que para los casos de inhibición, recusación o nulidad, de los juzgados penales colegiados, integrarán primero los demás juzgados penales unipersonales y posteriormente el Primer y Segundo Juzgado Especializado Penal de Villa María del Triunfo. Artículo Cuarto.- DISPONER que el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria seguirá conociendo en adición a sus funciones los procesos que ya le han sido asignados, en el marco del Código de Procedimientos Penales, hasta concluir su tramitación. Los procesos en ejecución que a la fecha posea dicho juzgado, deberán ser remitidos aleatoriamente, según corresponda, a los juzgados penales de donde provengan dichos expedientes. Ello mismo ocurrirá en los procesos subsecuentes en los que posteriormente se expida sentencia. Artículo Quinto.- DISPONER que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de manera temporal conocerá, a partir del 15 de mayo del año en curso, los expedientes que se encuentren para sentenciar de los juzgados penales de Villa el Salvador, remitiendo para tal fin los referidos juzgados penales un total de 20 expedientes cada uno, de manera mensual la primera semana de cada mes, bajo responsabilidad; siendo que para el presente mes se enviará la cantidad de 10 expedientes cada uno hasta el día 26 de mayo del presente, bajo responsabilidad. Asimismo, el mencionado juzgado redistribuirá los procesos en el marco de la Ley N° 29574 y N° 29648, sobre corrupción de funcionarios al Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, en el día y bajo responsabilidad. Artículo Sexto.- DISPONER que la Administración del Módulo Penal realice un monitoreo de los procesos pendientes, así como de la programación en la agenda judicial electrónica, a fin de que propicie el cumplimiento efectivo del estándar establecido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sétimo.- DISPONER el traslado físico del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria ubicado en la sede de la Casa del Adulto Mayor, Chorrillos, al Centro Integrado del Sistema de Justicia - CISAJ, ubicado en la Av. los Ángeles Grupo 25 MZ N LT 7 del distrito de Villa EL Salvador. El referido órgano jurisdiccional funcionará en el inmueble antes indicado, a partir del 22 de mayo del año en curso. Artículo Octavo.- ADICIONAR en el Artículo Segundo de la Resolución Administrativa N° 054-2017-P-CSJLIMASUR/PJ, a los juzgados de Tránsito y Seguridad Vial Permanente y Transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para que integren el Juzgado Penal de Turno Permanente, los cuales se adicionarán posterior al turno que corresponde al Cuarto Juzgado Penal Unipersonal. Artículo Noveno.- ACLARAR el numeral 1.6 de la "Directiva que regula el funcionamiento y desarrollo de las labores del Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur", aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 595-2015-P-CSJLIMASUR/

PJ, en cuanto a la recepción de los procesos sobre delitos vinculados al ámbito de tránsito vehicular, debiéndose entender que los procesos con detenidos que ingresen en turno (viernes y sábados) y que sean de competencia de los juzgados de tránsito y seguridad vial, deben ser atendidos por el juzgado que se encuentre de turno antes de que culmine dicho turno; luego de ser resueltos los requerimientos, el expediente deberá ser remitido a los Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial de manera aleatoria. Artículo Décimo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Defensoría Pública de Lima Sur, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, y Oficina de Administración Distrital y Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, cúmplase, publíquese y archívese. MARCO FERNANDO CERNA BAZÁN Presidente 1520065-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario del BCRP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0020-2017-BCRP-N Lima, 25 de abril de 2017 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la convocatoria del Bank for International Settlements y de la Reserva Federal para que un funcionario del Banco participe como expositor en la Eighth Annual BIS CCA Research Conference "Low Interest Rates, Monetary Policy, and International Spillovers" que se desarrollará del 24 al 26 de mayo de 2017 en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; En el seminario el representante del Banco Central de Reserva del Perú expondrá el trabajo: "Assessing the Effect of US Monetary Policy Normalisation on Latin American Economies"; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos el de proveer de análisis, proyecciones y propuestas de política monetaria para defender la estabilidad monetaria, así como en el campo de otras políticas macroeconómicas y estructurales que coadyuven al crecimiento sostenido; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 11 de abril del 2017; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Fernando Pérez Forero, Jefe del Departamento del Programa Monetario de la Gerencia de Política Monetaria, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 24 al 26 de mayo y al pago de los gastos, a fin de que intervenga en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución.

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