Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES
VISTA:

Viernes 26 de mayo de 2017 /

El Peruano

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1524927-1

EL SECRETARIO GENERAL

La solicitud presentada por el señor Esteban Andrés García-Calderón Galdos para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Financiera Efectiva el cierre definitivo de oficina especial ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1721-2017 Lima, 27 de abril de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Financiera Efectiva para que esta Superintendencia autorice el cierre definitivo de una (01) oficina especial, según se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre definitivo de la referida oficina especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Financiera Efectiva el cierre definitivo de una (01) oficina especial, según el siguiente detalle:
Oficina especial La Curacao Dirección actual Jirón de la Unión Nº 459 Distrito Lima Cercado Provincia Lima Departamento Lima

Que, mediante Reglamento de Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los corredores de seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de octubre de 2016, califico y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Esteban Andres García-Calderón Galdos postulante a Corredor de Seguros de Personas ­ persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En el uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Esteban Andres García-Calderón Galdos, con matrícula numero N-4548, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1524501-1

Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 1903-2017 Lima, 11 de mayo de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito Incasur S.A. - CRAC Incasur S.A., para que se le autorice el traslado de la Oficina Especial ubicada en la Asociación de Vivienda Ciudad Municipal, Zona 1, Manzana A, Lote 4, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, al local ubicado en la Asociación Pro-Vivienda Villa Aviación, Manzana D, Lote 16, distrito Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la citada Oficina;

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1524502-1

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1800-2017 Lima, 4 de mayo de 2017

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