Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de mayo de 2017 /

El Peruano

establece que: "la suspensión de la obligación de contar con la zonificación forestal como condición para el otorgamiento de títulos habilitantes. Para la aplicación de la presente disposición, el Gobierno Regional debe acreditar ante el SERFOR avances en la implementación de la Guía Metodológica para la Zonificación Forestal"; Que, del mismo modo el Decreto Supremo N° 018, señala en su artículo 26° "la Zonificación Forestal (ZF), es el proceso obligatorio, técnico y participativo por el cual se delimitan las tierras forestales. Los resultados definen las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre, y son de aplicación obligatoria. La ZF es la base técnica vinculante sobre la cual se determina las diferentes unidades de ordenamiento forestal establecidas en la Ley". En el artículo 28° del mismo cuerpo normativo, señala que: "la ZF es aprobada por Resolución Ministerial del MINAN, y se sustenta en el expediente técnico elaborado por el Gobierno Regional respectivo, en coordinación con el SERFOR y MINAM"; Que, mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR-DE, se aprueba la Guía Metodológica de Zonificación Forestal, en la cual se establece como Objetivo General de la Zonificación Forestal el de orientar el desarrollo de los procesos de ZF a nivel nacional, estableciendo el marco metodológico para la delimitación de las tierras forestales y asignación de las categorías de ZF, generando un proceso dinámico, flexible, concertado, bajo los principios aplicables a la gestión forestal; Que, mediante Ordenanza Regional N° 018-2010GR.CAJ-CR, que aprueba la Zonificación Ecológica y Económica a nivel del departamento de Cajamarca como instrumento base para el ordenamiento y la planificación territorial; Que, mediante Ordenanza Regional N° 034-2011-GR. CAJ-CR, que aprueba la actualización de la Zonificación Ecológica y Económica a nivel del departamento de Cajamarca como instrumento base para el ordenamiento y la planificación territorial; Que, mediante Ordenanza Regional N° 02-2017GR.CAJ-CR, se declara de interés Público Regional "La Priorización del Proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal del departamento de Cajamarca"; Que, mediante Dictamen N° 13-2017-GR.CAJ-CR/ COAJ, de fecha 26 de abril del año 2017, elaborado por la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos se emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Regional Nº 002-2017-GR. CAJ-CR; proyecto remitido por el Gobernador Regional Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión de fecha 03 de mayo del año 2017; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DECLARAR de Interés Público Regional "La priorización del Proceso de Zonificación y Ordenamiento Forestal del departamento de Cajamarca". Segundo.- CONFORMAR el Equipo Técnico responsable de facilitar el desarrollo de la Zonificación Forestal, el cual brindará soporte y asesoramiento al Comité Técnico, dicho equipo estará integrado por: - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, quien la preside, y con la participación de: - La Sub Gerencia de Recursos Naturales y Áreas Naturales Protegidas. - La Sub Gerencia de Gestión de Medio Ambiente. - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de:

- Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial. - Sub Gerencia de Planeamiento y CTI. - Gerencia Regional de Desarrollo Económico, a través de: - Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada. - Sub Gerencia de Promoción Empresarial. - Dirección Regional de Agricultura. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente la conformación del Comité Técnico, el mismo que debe aprobarse y oficializarse mediante Resolución Ejecutiva Regional, de conformidad a la Guía Metodológica de Zonificación. Cuarto.- ENCARGAR al Comité Técnico, con el soporte del Equipo Técnico, elaborar el "Plan para la implementación de la Zonificación Forestal", el mismo que será aprobado mediante Ordenanza Regional. Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente coordinen con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial la evaluación de la asignación presupuestal para la implementación de la Zonificación Forestal. Sexto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca y áreas competentes dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Sétimo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Octavo.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe) Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, al tercer día del mes de mayo del año dos mil diecisiete. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1524500-2

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Disponen aprobar el incremento de cinco por ciento de puntaje adicional en la etapa de entrevista a las víctimas de violencia política acreditadas en el Registro Único de Victimas en los procesos de selección de personal del Gobierno Regional de Puno
ORDENANZA REGIONAL Nº 024-2016-GR PUNO-CRP EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional, llevada a cabo el día diez de noviembre del año 2016, el Pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión de la Ordenanza Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo estipulado por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales

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