Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2017 (01/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Oficio N° 432-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la información complementaria con el cronograma y presupuesto anualizado 2017-2021 del Plan antes mencionado, el cual asciende a CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 4 050 000,00); Que, la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Informe N° 235-2017PRODUCE/OGPPM-OPM emite opinión técnica favorable señalando que considera viable la aprobación del citado Plan, previa conformidad presupuestal; Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con el Informe N° 562-2017-PRODUCE/OGPPM-OP emite opinión señalando que para el Año Fiscal 2017 se cuenta con disponibilidad presupuestal hasta por la suma de SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 62 500,00), para financiar el Plan antes mencionado; asimismo señala que para el año 2018 y subsiguientes, los recursos presupuestales solicitados serán considerados en el proceso de Programación Multianual de Presupuesto del Ministerio de la Producción, hasta por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 3 987 500,00), considerando procedente la aprobación de dicho instrumento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y, la Resolución Ministerial N° 388-2017-PRODUCE, que encarga al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - Innóvate Perú del Ministerio de la Producción, el diseño y la organización de los concursos de iniciativas ciudadanas, así como sus respectivas campañas de comunicación, en el marco de lo establecido por la Resolución Suprema Nº 246-2016-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Comunicación "Concurso de Iniciativas Regionales Innovadoras en Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - Innóvate Perú es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento del referido plan, conforme lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 388-2017-PRODUCE. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad - Innóvate Perú, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional de la Secretaría General del Ministerio de la Producción y a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema N° 246-2016-PCM, a cargo del Ministerio de Cultura. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1582470-1

Modifican artículo del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2017-PRODUCE 31 de octubre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 065-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 395-2017-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 069-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 101-2017-PRODUCE/OGA-OC, de la Oficina de Contabilidad, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Producción, se establece que el sector Producción comprende al Ministerio de la Producción, a las entidades, Comisiones y Proyectos bajo su jurisdicción, y a aquellas organizaciones públicas del nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan actividades vinculadas a su ámbito de competencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú) y se dispone la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, teniendo la Unidad Ejecutora la calidad de absorbida; Que, el artículo 4 del citado Decreto Supremo establece que el Ministerio de la Producción aprobará, mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del citado Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 317-2014-PRODUCE, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, que tiene como objetivo definir el marco técnico administrativo para la operación del Programa, así como la estructura organizacional para su ejecución, señalando, en su artículo 5 que las modificaciones al Manual de Operaciones deberán ser aprobadas por el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y entrarán en vigencia por medio de una Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Secretaría General y de las Oficinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de Asesoría Jurídica; y; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE que crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad (Innóvate Perú) y dispone la fusión por absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 210 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, aprobado por Resolución

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