Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2017 (01/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Miércoles 1 de noviembre de 2017 /

El Peruano

encontrados en relación con la implementación de las recomendaciones aceptadas por el Estado Peruano; Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme a lo establecido en su Ley de Organización y Funciones y demás documentos de gestión, ejerce la competencia que le asigna el ordenamiento legal en materia de derechos humanos; Que, mediante el Informe Nº 109-2017-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, opina que es favorable la participación de la precitada servidora en el mencionado evento, el mismo que se vincula con los Objetivos del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM (2015-2021) y el Plan Estratégico Institucional PEI (2016-2018) en materia de Derechos Humanos; Que, siendo el objetivo final del mecanismo del EPU mejorar la situación de derechos humanos en todos los países y abordar las violaciones de los derechos humanos dondequiera que se produzcan y teniendo en cuenta las opiniones favorables de los órganos técnicos, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Araceli Acuña Chávez, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debiéndose precisar que el mismo no irrogará gasto alguno al Tesoro Público, toda vez que será financiado íntegramente por la Secretaría del Examen Periódico Anual de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 0132017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Araceli Acuña Chávez, Asesora del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza durante el periodo comprendido entre el 6 al 11 de noviembre de 2017, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán asumidos por la Secretaría del Examen Periódico Anual de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, la servidora citada en el artículo 1 de la presente resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1582391-2

VISTOS, el Oficio Nº 1020-2017-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 24-2017-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y el Informe Nº 1235-2017-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, el Despacho Ministerial está a cargo del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, quien es la más alta autoridad política y ejecutiva del Sector Justicia y Derechos Humanos y es el Titular del Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, el literal 5.1 del artículo 5 del referido Decreto Legislativo, indica que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el artículo 9 del Reglamento del indicado Decreto Legislativo, modificado por Decreto Supremo Nº 248-2017-EF, indica que las Unidades Ejecutoras de Inversiones son las Unidades Ejecutoras presupuestales; Que, el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva Nº 0012017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, modificado por Resolución Directoral Nº 004-2017-EF/63.01, señala que las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) son las Unidades Ejecutoras presupuestales, que son designadas por el órgano resolutivo y registradas por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su responsable, mediante el Formato Nº 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones; Que, el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva Nº 003-2017-EF/63.01, Directiva para la Ejecución de Inversiones Públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, modificado por la Resolución Directoral Nº 006-2017EF/63.01, establece las funciones de las Unidades Ejecutoras de Inversiones en la fase de ejecución, entre ellas, realizar el registro en el Banco de Inversiones de proyectos de inversión a su cargo; Que, con el Informe Nº 24-2017-JUS/OGPM-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, en el marco de las disposiciones legales señaladas anteriormente, solicitó a los Pliegos del Sector Justicia y Derechos Humanos remitir el Formato Nº 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones; Que, con el Oficio Nº 1020-2017-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 24-2017-JUS/ OGPM-OPMI, solicitando la designación de las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos; Que, a fin de cumplir con la normativa citada precedentemente, resulta necesario designar las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos, y sus responsables; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

Designan Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos y sus responsables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0281-2017-JUS Lima, 31 de octubre de 2017

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