Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2017 (01/11/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Miércoles 1 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

83

disposiciones finales y complementarias, que forma parte integrante de la presente. Artículo Segundo.- Aprobar los formatos que se adjuntan los mismos que serán utilizados para la aplicación del presente Reglamento: · Formato 1 :Solicitud de Fraccionamiento. · Formato 2: Declaración Jurada. · Formato 3: Resolución que aprueba el Fraccionamiento. · Formato 4: Esquela de comunicación. · Formato 5: Resolución de pérdida del Beneficio de Fraccionamiento. Artículo Tercero.- Déjese sin efecto la Ordenanza Nº 2832009-C/MC de fecha 09 de marzo de 2009 y sus modificatorias y toda norma que se oponga al presente dispositivo. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- En los casos de procedimiento de ejecución de garantías, se aplicará supletoriamente las disposiciones contenidas en el Código Procesal Civil. Segunda.- Los fraccionamientos aprobados en el marco de lo establecido en los reglamentos anteriores al presente, continuarán firmes. Tercera.- Los contribuyentes que hubieran suscrito convenios de fraccionamiento con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento, podrán acogerse a la presente norma en lo que les resulte conveniente. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Recaudación, Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, debiendo publicar esta última en el portal institucional: www.municomas.gob.pe. y en el Portal de Servicios al Ciudadano www.serviciosal ciudadano.gob.pe. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Sexta.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 1582119-1

Informe Legal N° 644-2016-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando N° 3185-2016-GM/ MDI de la Gerencia Municipal, sobre el proyecto de "ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL EJERCICIO 2017, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS POR DERECHO DE SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, APROBADOS PARA EL 2015", y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y sus Concejos Municipales tienen potestad normativa; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, dispone que la ordenanza es el instrumento normativo para crear, modificar, suprimir o exonerar, la aplicación de los arbitrios, tasas y licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y supedita la puesta en vigencia de la norma a su ratificación por la municipalidad provincial. Que, el literal a) del Articulo 14º del Decreto Supremo Nº156-2004-EF, señala que los contribuyentes están obligados a declaración jurada anualmente; asimismo, el último párrafo del referido artículo señala que la actualización de los de predios por la Municipalidad, sustituye la obligación contemplada por el inciso aludido; Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece a las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pagos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor el 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaría vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, la Ordenanza Municipal Nº 1533-MML modificada por Ordenanza Nº 1833-MML la Municipalidad Metropolitana de Lima, regula el procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, en su Séptima Disposición Final, establece que el Acuerdo de Concejo ratificatorio de las Ordenanzas Distritales que aprueben derechos de emisión mecanizada, tendrá una vigencia máxima de dos (02) ejercicios fiscales adicionales, en la medida que no existan variaciones sustanciales en las condiciones que originaron la ratificación; Que, mediante Ordenanza Nº 313-2015-MDI, se aprobó e) Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de valores, Determinación del tributo y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2015 y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 025, ambas normas publicadas en el diario oficial El Peruano el 1º de abril de 2015; Que, mediante Ordenanza N° 334-2015-MDI, publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de Enero de 2016, se prorrogo para el ejercicio 2016 la vigencia de la Ordenanza Nº 313-2015-MDI que aprobó el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de valores, Determinación del tributo y distribución a domicilio de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; Que, mediante Informe Nº 65-2016-GR/MDI, de fecha 02 de diciembre del 2016, la Gerencia de Rentas informa que la presente ordenanza tiene por objeto prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 313-2015-MDI que fijó el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2017, la vigencia de los montos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, aprobado para el año 2015
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad de Independencia, mediante Oficio Nº 000060-2017-GSG-MDI, recibido el 31 de octubre de 2017) ORDENANZA Nº 350-2016-MDI Independencia, 16 de diciembre del 2016 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, Informe N° 65-2016-GR/MDI de la Gerencia de Rentas,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.