Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2017 (01/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 1 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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5. Al respecto, mediante escrito de fecha 2 de agosto de 2017 (foja 8), Saira Nataly Tamariz Alvarado informó a los miembros del Concejo Distrital su imposibilidad de cumplir con el cargo de regidora toda vez que, por cuestiones de estudio, se encuentra radicando fuera de la jurisdicción del distrito de Macate. 6. Asimismo, mediante escrito de fecha 8 de setiembre de 2017 (foja 6), la cuestionada autoridad edil admitió los cargos y desistió de su derecho a interponer recurso impugnatorio alguno. 7. De igual modo, se aprecia que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0081-2017-MDM, de fecha 5 de octubre de 2017, se declaró consentido el Acuerdo de Concejo Nº 004-2017-MDM, de fecha 11 de setiembre de 2017, que declara la vacancia de la regidora Saira Nataly Tamariz Alvarado. 8. En tal sentido, habiendo verificado la regularidad del procedimiento de vacancia seguido en contra de la regidora Saira Nataly Tamariz Alvarado, corresponde aprobar la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada y, en consecuencia, dejar sin efecto la credencial otorgada a la citada regidora, convocar al accesitario llamado por ley y emitir su respectiva credencial. 9. En consecuencia, de conformidad con el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, corresponde convocar a Yraldo Roberto Pereda Benites, identificado con DNI Nº 32967592, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Independiente Regional Río Santa Caudaloso. 10. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados, del 18 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, y a la Resolución N° 001-2017-JEE HUARAZ/JEE, de fecha 6 de julio de 2017, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, con motivo de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017 en el distrito de Macate, sobre la nueva conformación del Concejo Municipal del distrito de Macate, provincia de Santa, departamento de Ancash. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Saira Nataly Tamariz Alvarado como regidora del Concejo Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Ancash, emitida con motivo de las elecciones regionales y municipales de 2014, por incurrir en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Yraldo Roberto Pereda Benites, identificado con DNI Nº 32967592, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Ancash, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1582046-7

Confirman Acuerdo de Concejo que declaró infundada solicitud de vacancia de regidores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica
RESOLUCIÓN N° 0447-2017-JNE Expediente N° J-2017-00149-A01 PUEBLO NUEVO - CHINCHA - ICA VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de octubre de dos mil diecisiete. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Cristian Omar Vera Aguirre contra el Acuerdo de Concejo N° 029-2017-MDPN, de fecha 10 de julio de 2017, que, por mayoría, declaró infundada la solicitud de vacancia contra Patricia Roxana Torres Sánchez, Germán Piñán Cruz, Patricia Paula Quispe Palma, Julián Ricardo Cantoral Ramos, Wilder Pachas Dolorier, Eloy Conislla Huaroto y Edilberto Bernardo Chilquillo Cusipuma, en su calidad de regidores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, departamento de Ica, por la causal de ejercicio de función o cargo ejecutivo o administrativo, prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° J-2017-00149-T01; y oídos los informes orales. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia Expediente N° J-2017-00149-T01 El 25 de abril de 2017, ante este Máximo Órgano Electoral, Cristian Omar Vera Aguirre solicitó la vacancia de los regidores Patricia Roxana Torres Sánchez, Germán Piñán Cruz, Patricia Paula Quispe Palma, Julián Ricardo Cantoral Ramos, Wilder Pachas Dolorier, Eloy Conislla Huaroto y Edilberto Bernardo Chilquillo Cusipuma, por la causal de ejercicio de función o cargo ejecutivo o administrativo, establecida en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), (fojas 1 a 14), señalando que en la sesión extraordinaria de concejo, del 16 de enero de 2017, los regidores acordaron suspender al alcalde Hugo Jesús Buendía Guerrero y, asimismo, encargar el despacho de la alcaldía a Patricia Roxana Torres Sánchez, sin haberse notificado al alcalde con la citación a dicha sesión y pese a que se había convocado para un único punto de agenda. Sostiene que con la materialización de dicha decisión, a través del Acuerdo de Concejo N° 01-2017MDPN, del 17 de enero de 2017, permitieron que Patricia Roxana Torres Sánchez asuma y usurpe funciones de alcalde, emitiendo actos administrativos y ejecutivos durante el 16 de enero al 24 de enero de 2017, sin que el acuerdo quede consentido y sin que cuente con la respectiva credencial emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, conforme al procedimiento de suspensión seguido contra el alcalde (Expediente N° J-201601432-T01). Detalla que los referidos actos administrativos y ejecutivos por parte de Patricia Roxana Torres Sánchez se configuraron con la posesión indebida de los despachos de alcaldía y gerencia municipal, según se desprende de las actas de constatación notarial, del 17 y 19 de enero de 2017, respectivamente; la designación de la Presidenta de la Comisión del 52° Aniversario del distrito de Pueblo Nuevo en la sesión extraordinaria de concejo, del 18 de enero de 2017; el cese y designación del gerente municipal a través de la Resolución de Alcaldía N° 003-2017-MDPN/A, de fecha 23 de enero de 2017.

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