Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2017 (17/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
Artículo 4.- Funciones Son funciones de la Comisión Sectorial las siguientes:

Viernes 17 de noviembre de 2017 /

El Peruano

a. Elaborar una propuesta de lineamientos para el desempeño del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social", considerando las normas y antecedentes vinculados a su creación. b. Elaborar y presentar un informe final que contenga la propuesta de lineamientos, así como las recomendaciones sobre las líneas de acción fundamentales a adoptar por el Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social" para la optimización de sus servicios en beneficio de la ciudadanía, el cual deberá ser presentado al Titular del Ministerio de Cultura. c. Otras que sean necesarias para el logro de su objeto. Artículo 5.- De la Secretaría Técnica La Comisión Sectorial contará con una Secretaría Técnica encargada de brindarle apoyo técnico y administrativo permanente, la cual estará a cargo de la el/ la Encargado/a del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social" del Ministerio de Cultura. Artículo 6.- Colaboración, Asesoramiento y Apoyo De considerarlo necesario, la Comisión Sectorial podrá solicitar la participación de los demás órganos y dependencias del Ministerio de Cultura y podrá convocar a mesas de trabajo en las que participen profesionales especialistas, expertos y representantes de instituciones públicas y/ o privadas, con la finalidad de obtener sus aportes y apoyo para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 7.- Reglamento Interno La Comisión Sectorial aprobará su Reglamento Interno, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, a fin de cumplir con las funciones encomendadas. Artículo 8.- De la instalación La Comisión Sectorial se instalará en un plazo que no excederá de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación de la presente resolución. Artículo 9.- Plazo de vigencia En el plazo de ciento veinte (120) días calendario contados a partir de su instalación, la Comisión Sectorial presentará al Titular del Ministerio de Cultura el informe final a que se refiere el literal b) del artículo 4 de la presente resolución. Artículo 10.- Gastos Los miembros de la Comisión Sectorial ejercerán el cargo ad honorem. Los gastos que irroguen la instalación y el desarrollo de las actividades de la Comisión Sectorial, serán asumidos con cargo al presupuesto del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social". Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1587092-1

de 2016, el FAX 079/AGESP de fecha 24 de octubre de 2017 del Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España y el Oficio NC-55-COA5-N° 2725 de fecha 31 de octubre de 2017 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, El Ministerio de Defensa a través de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), es la responsable de liderar el Sistema de Búsqueda y Salvamento Aeronáutico (SAR), según está contenido en la Ley 27261, Ley de Aeronáutica Civil, en ese sentido la FAP ha otorgado plena responsabilidad a su Comando de Operaciones, para convertirse en el órgano rector del indicado sistema; Que, mediante la actividad ES: 18 del Plan de Cooperación Bilateral del Acta de la VII Reunión de la Comisión Mixta de Defensa Hispano-Peruana de fecha 27 de octubre de 2016, se acordó realizar el Intercambio de Experiencias en Operaciones de Búsqueda y Rescate, por un periodo de hasta cinco (05) días en el Reino de España; Que, mediante el FAX 079/AGESP de fecha 24 de octubre de 2017, el Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España; informa que el Intercambio de Experiencias en Operaciones de Búsqueda y Rescate, se realizará en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 20 al 22 de noviembre de 2017; Que, mediante Oficio NC-55-COA5-N° 2725 de fecha 31 de octubre de 2017, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Intercambio de Experiencias en Operaciones de Búsqueda y Rescate, que se realizará en la Base Aérea de Torrejón de Ardoz, ubicada en la Comunidad de Madrid ­ Reino de España del 20 al 22 de noviembre de 2017; Que, de acuerdo a lo descrito en la Exposición de Motivos del oficio citado en el párrafo precedente, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, por cuanto, permitirá adquirir conocimientos sobre la doctrina, técnicas, entrenamiento y lecciones aprendidas en operaciones de búsqueda y rescate del Ejército del Aire del Reino de España, redundado en Beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HGN° 0162 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 07 de noviembre de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Misión de Estudios en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos por Misión de Estudios en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DESG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP a España, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1902-2017 DE/FAPLima, 14 de noviembre de 2017 Visto, el Acta de la VII Reunión de la Comisión Mixta de Defensa Hispano-Peruana de fecha 27 de octubre

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