Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2017 (17/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 17 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO, el Oficio Nº 3327-2017-JUS/CDJE del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, dispone como finalidad del sistema fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal i) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1068, establece que una de las atribuciones y obligaciones del Consejo de Defensa Jurídica del Estado es planear, organizar y coordinar la defensa jurídica del Estado; Que, el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que el Procurador Público Ad Hoc asume la defensa jurídica del Estado en los casos que la especialidad así lo requiera, siendo su designación de carácter temporal; Que, el numeral 14.3 del artículo 14 de la citada norma, establece que el Consejo de Defensa Jurídica del Estado propondrá al Presidente de la República la designación de los Procuradores Públicos Ad Hoc y de los Procuradores Públicos Ad Hoc Adjuntos del Poder Ejecutivo, en los casos que así la necesidad lo requiera; Que, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, mediante Sesión Extraordinaria, acordó proponer la designación de la señora abogada Nory Marilyn Vega Caro, como Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo N° 1068, Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora abogada Nory Marilyn Vega Caro, como Procuradora Pública Ad Hoc Adjunta para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1587375-6

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Autorizan viaje de Viceministra de Poblaciones Vulnerables a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2017-MIMP Lima, 15 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n del 9 de noviembre de 2017 la Presidencia del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades ­ CONADIS Ecuador hace de conocimiento de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad ­ CONADIS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que los días 20 y 24 de noviembre de 2017 se realizará el evento "Construyendo Igualdad", así como los días 20 al 22 de noviembre de 2017 se realizará el "IV Congreso Continental de Rehabilitación Basada en la Comunidad", y el "I Encuentro Regional hacia la Construcción de Políticas Públicas sobre Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) para Personas con Discapacidad", previsto para los días 23 y 24 de noviembre de 2017, eventos a llevarse a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, asimismo, se tiene previsto que el día 18 de noviembre de 2017 el/la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables sostenga una reunión de coordinación con la Presidencia del Consejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades ­ CONADIS Ecuador; Que, mediante Informe N° 037-2017-MIMP/OCIN del 15 de noviembre de 2017, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables señala que la Alta Dirección ha dispuesto la participación de la Viceministra de Poblaciones Vulnerables en los mencionados eventos, la que permitirá conocer e intercambiar conocimientos sobre políticas públicas orientadas a fortalecer la atención integral de las personas con discapacidad, así como de generar alianzas de cooperación internacional; además, se precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales asignados al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en los literales e) y i) de su artículo 5 establece como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la promoción, protección y atención de poblaciones vulnerables y la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora María Lila Iwasaki Cauti, Viceministra de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a fin de que participe del referido evento; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que establece disposiciones sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098,

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