Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2017 (17/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 17 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Instancias descentralizadas 459 : Gobierno Regional Departamento de San Martín 400 : Salud San Martín

15
En Soles

Que, el artículo 21 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 88 400 000,00), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor del Instituto de Gestión de Servicios de Salud y los Gobiernos Regionales, para la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2016; disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último; Que, mediante Oficio Nº 870-2017-GRSM/GRPyP, el Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional del Departamento de San Martín ha solicitado al Ministerio de Salud el financiamiento para la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud San José de Sisa, en el marco de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 30518; Que, a través del Informe N° 421-2017-OGPPM-OP/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del pliego 011: Ministerio de Salud, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud San José de Sisa, por el período de dos (2) meses; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 3391-2017-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas del pliego Ministerio de Salud a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martín, hasta por la suma total de UN MILLÓN CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 1 056 516,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud San José de Sisa, por el período de dos (2) meses, en el marco de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 30518; De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de Un millón cincueNta y seis mil quinientos dieciséis Y 00/100 SOLES (S/ 1 056 516,00) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud San José de Sisa, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central-MINSA

del

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

1 056 516,00 ------------1 056 516,00 ==========

1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas en la Sección Segunda del numeral 1.1 se encuentra en el Anexo "Transferencia de Partidas para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud San José de Sisa", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas FERNANDO ANTONIO D'ALESSIO IPINZA Ministro de Salud 1587375-1

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y servicios TOTAL EGRESOS

1 056 516,00 ------------1 056 516,00 ==========

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